"Vulneración de derechos para conformar sindicatos en empresas privadas en Bolivia"
Date
2024Author
Quispe Ugarte, Richard Agustín
Tutor
Osuna Ortega, Richard, tutor
Metadata
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En nuestro país, la situación laboral funciona dentro de una gran precariedad, entendida como el resultado del uso flexible de la fuerza de trabajo y la pérdida progresiva de los derechos conquistados por los trabajadores en épocas pasadas, pese a que en cada gobierno de turno asumen como la defensa de las clases trabajadoras y las más desprotegidas aún continúa existiendo la vulneración de derechos laborales. Precisamente, mi tema parte desde el análisis sobre la participación de las empresas privadas en Bolivia tiene que ver con observar los problemas que han caracterizado la vulneración de los derechos sindicales de los trabajadores en Empresas Privadas. En esta investigación, se ha visto particularmente los problemas relacionados con las denuncias de abusos, explotación y violencia laboral. Este es un tema importante porque permite conocer de cerca las contradicciones que caracterizan una relación bilateral desigual y ampliamente celebrada por los empleadores. En un contexto de profundización del patrón de acumulación primario exportador y de condiciones políticas e institucionales que actúan en contra del cumplimiento de las normas, la precariedad aparece como un rasgo duradero del funcionamiento del mercado laboral, pues es respaldada por el temor inminente del trabajador a perder su fuente laboral, lo que a su vez ha permitido que las empresas en especial las privadas, puedan evadir el cumplimiento de los derechos laborales y sobre todo los sindicales. La cuestión es, lógicamente más compleja y, para poder elaborar un comentario con mayor profundidad crítica, es necesario remitirse a la manera en cómo la vulneración a los derechos laborales ha sido llevada a cabo en empresas privadas de nuestro país, desde situaciones laborales que caracterizan las diferentes denuncias evidenciadas en mi investigación.
La Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, en su artículo 46, establece que “toda persona tiene derecho al trabajo digno con seguridad industrial y salud ocupacional, sin discriminación y con remuneración o salario justo, equitativo, satisfactorio, que asegure para sí y su familia una existencia digna”. Además, determina que todas las personas tienen derecho al acceso a “una fuente laboral estable, en condiciones equitativas y satisfactorias”. En cumplimiento de este mandato el Estado define que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de los trabajadores y trabajadoras, de irrenunciabilidad de derechos, de continuidad y estabilidad laboral, de no discriminación y de inversión de prueba a su favor, garantizando la igualdad de trato a hombres y mujeres en todos los ámbitos de las condiciones de trabajo. Pero lamentablemente es notoria la inaplicabilidad de la ley, demostrando una vulneración a los derechos laborales y sindicales de los trabajadores.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social tiene como uno de sus principales objetivos restituir los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, por lo que viene desarrollando una legislación laboral que en su contenido ideológico expresa la voluntad política de defensa y protección de estos derechos de la clase obrera boliviana. Particularmente, desde el año 2006 hasta el presente, se han construido una serie de instrumentos jurídicos que consolidan las conquistas sociales y los avances obtenidos por los trabajadores.