Albergues multidisciplinarios para la ateción de familiares y personas discapacitadas
Abstract
La presente investigación aborda los aspectos jurídicos relativos a los albergues multidisciplinarios para la atención de familiares y personas discapacitadas, entendiendo que la situación es compleja para el discapacitado como para su familiar, que tiene que vivir en parte la vida de sufrimientos de sus seres queridos. A nivel internacional y en Bolivia existen normas bastante amplias y específicas que han abordado la problemática de la discapacidad pero no de la construcción y financiamientos de albergues multidisciplinarios familiares que son necesarios y muy importantes para los procesos de rehabilitación y atención del discapacitado asistido por el familiar. No se trata de quitarle al Estado alguna obligación, sino de complementar las políticas públicas y normas que se han trabajado al respecto. La investigación es un aporte significativo (social y jurídico) para comprender los alcances de la intervención jurídica desde el Estado a favor de los discapacitados y de la urgencia de ampliar dicho mandato a los familiares. En el primer Capítulo se formulan los antecedentes de la atención de familiares y personas discapacitadas, la realidad fáctica de este problema. En el segundo Capítulo se exponen los fundamentos teóricos para los albergues multidisciplinarios. En el Capítulo tercero, se efectúa un análisis de la normativa legal para el funcionamiento de los albergues o su inexistencia, aspecto fundamental para el desarrollo de la propuesta. Luego, en el Capítulo cuarto, se realiza una pesquisa de las políticas públicas, es decir, si son considerados como un aspecto importante para el Gobierno Plurinacional de Bolivia y su adecuada reglamentación normativa, que es el siguiente Capítulo de la investigación (Propuesta de mecanismo legal). Finalmente se sistematiza las principales conclusiones y recomendaciones, siendo la más primordial aquella que señala que en Bolivia, pese a los avances de protección de los discapacitados, aún no se vislumbra a la familia como el primer sujeto de apoyo que debería ser objeto de protección de sus derechos y otorgación de medios terapéuticos para que pueda ayudar efectivamente en los procesos de cuidado y rehabilitación, según los casos concretos. El Decreto Supremo N° 2629, de 9 de diciembre de 2015, dispone la exención del requisito de dos (2) años de servicio en provincia para el ascenso de categoría de maestras y maestros con discapacidad o que tengan bajo su dependencia a hijas, hijos, cónyuge, madre o padre con discapacidad, lo que da una muestra de la viabilidad normativa de los albergues en el mismo espíritu.