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dc.contributor.advisorChávez Salazar, Rudy, Tutor
dc.contributor.authorTapia Zuñiga, Karina Isabel
dc.date.accessioned2024-08-27T14:52:50Z
dc.date.available2024-08-27T14:52:50Z
dc.date.issued2024
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/37415
dc.description.abstractEl Municipio de Copacabana, uno de lugares más visitados de Bolivia, el atractivo principal el Lago Titicaca y sus islas, el único medio de transporte sin los vehículos acuáticos, generando actividad económica por flujo turístico, se analizará normas relacionadas para la implementación de impuesto a la propiedad de vehículos acuáticos, describiendo su actividad laboral, rutas, destinos, flujo turístico, explicando el Reglamento de Unidad Marina Mercante. Según C.P.E. la Ley 031, enfatiza las autonomías, descentralización, competencias, facultades y composición de gobiernos autónomos, la ley 154 clasifica, define los tributos, el artículo 7 señala: impuesto de dominio departamental a la propiedad de vehículos a motor para la navegación aérea y acuática, donde no existe, la creación de tributos en niveles de gobierno autónomo basada en principios generales según la C.P.E. El flujo turístico en Bolivia, según censo 2012 permite cuantificar el turismo receptor 1.357.170 mil visitantes extranjeros, Copacabana ocupa el tercer lugar con 8.8%, asimismo según Vice Ministerio de Turismo el Lago Titicaca alcanzo más de 138.000 visitantes anual, teniendo en cuenta el gasto medio por día ($us 61.4) por visitante extranjero. La Federación Lacustre conformada por 30 asociaciones cada asociación entre 27 - 30 socios, existe 5 asociaciones comunitarias lacustres conformadas entre 5 y 7 socios por asociación, según entrevistas obtuvimos: actividad laboral, precio del pasaje, gastos, costos de mantenimiento de las lanchas, tomando una cuantía media de flujo turístico obtuvimos un promedio de ingreso medio por mes, con una estimación de ingreso ganancial adecuado. Mediante esta investigación podemos determinar que la propuesta : “Ley de Impuesto a la propiedad de vehículos acuáticos a motor” en el Municipio de Copacabana, se puede viabilizar e implementar este impuesto, siendo que los vehículos acuáticos generan un ingreso estimado favorable, impuesto de dominio Departamental de La Paz sustentada por normas pertinentes.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectREDES SOCIALESes_ES
dc.subjectIMPUESTO A LA PROPIEDAD VEHICULOS ACUATICOSes_ES
dc.subjectTRANSPORTE SERVICIO PÚBLICOes_ES
dc.titleProponer política de ejecución, sobre vehículos acuáticos en el municipio de Copacabanaes_ES
dc.typeThesises_ES
dc.thesisdegreegrantorUniversidad Mayor de San Andréses_ES
dc.thesisdegreenameLicenciaturaes_ES


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