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dc.contributor.advisorPalenque Reyes, Humberto, tutor
dc.contributor.advisorQuevedo Calderón, Boris Leandro, relator
dc.contributor.authorCalvimontes Correa, Marcelo Luis
dc.date.accessioned2012-10-05T18:56:03Z
dc.date.available2012-10-05T18:56:03Z
dc.date.issued2012-10-05T18:56:03Z
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/123456789/2056
dc.description.abstractLa facilitación del comercio exterior, incluye la aplicación del principio de Neutralidad impositiva que permite la competitividad del sector exportador en mercados internacionales. Este principio universal de Neutralidad impositiva esta basada en la “no exportación de impuestos” y es aplicada a nivel mundial en el marco de la regulación de la Organización Mundial del Comercio (OMC), bajo el acuerdo de subvenciones y medidas compensatorias. En Bolivia el mecanismo para hacer cumplir el principio de Neutralidad Impositiva es la devolución de impuestos mediante los Certificados de Devolución Impositiva para el sector exportador (CEDEIM’s), mediante el cual “las empresas explotadoras de bienes y servicios deben recibir la devolución de sus impuestos internos al consumo y de los aranceles pagados sobre los insumos incorporados en los productos de exportación, entonces, son los exportadores los que soportan la carga tributaria y, dado que no generan en esencia Debito Fiscal en atención a que no desarrollan ventas en el mercado interno, por lo que resulta lógico que les sea devuelto el impuesto indirecto IVA por las compras de bienes y servicios en el mercado interno.2La Devolución Impositiva para el sector exportador (CEDEIM’s) no se ha cumplido, lo que ha ocasionado la acumulación de deudas, disminuyendo la liquidez e incidiendo en el capital de operaciones de las PYMES’s exportadoras. Actualmente, el sistema de devolución de impuestos presenta diferentes inconvenientes, entre ellos el presupuestario, debido a que el Gobierno no asigna el presupuesto suficiente y no ejecuta lo programado, acumulando así deuda con el sector exportador3, y mas que todo el procedimiento no es aplicable a la situación de una PYME exportadora, debido a que se ha establecido que solo empresas que exporten por encima de $us 250.000 dólares americanos reclaman la devolución de impuestos cifra que no sería alcanzada por una PYME ya que exportaría por debajo de los 200.000 dólares americanos. 4 En el presente trabajo se mostrará las diferencias en la devolución impositiva y se comparará con los sistemas de países de América del Sur, pertenecientes a la Organización Mundial del Comercio (OMC), a su vez se revisara la norma vigente para el cumplimiento de la Neutralidad Impositiva. Además, de la aplicación efectiva de la Neutralidad Impositiva a las PYME’s, y el cumplimiento de los tiempos del procedimiento, así también el impacto que ocasionan.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.subjectTESIS DE GRADOen_US
dc.subjectIMPUESTOSen_US
dc.subjectINGRESOS FISCALESen_US
dc.titleSistema de devolución de impuestos para la aplicación efectiva de la neutralidad impositiva en las pymes de Boliviaen_US
dc.typeThesisen_US


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