dc.description.abstract | En estos momentos, nuestras instituciones educativas no tienen todavía conocimientos e información precisa y oportuna de la Ley 1178 la misma que, en esta última década, ha sido de gran apoyo y regulación en cuanto la administración y control de entidades gubernamentales. Esta falta de información esta ocasionando que surjan dificultades y desconocimiento en su aplicación, omisiones y desorganización de funciones administrativas. En ese contexto, lo que pudo observarse por medio de esta investigación fue que si bien existen entidades como la Alcaldía Municipal de El Alto que de acuerdo a la reglamentación educativa existente es el encargado de supervisar, administrar y controlar todo lo que respecta a equipamiento y mobiliario escolar, no se hace efectiva esta labor; ocasionando que se den casos corroborados de personal administrativo de unidades educativas que hacen uso de equipos materiales de la unidad educativa para beneficio propio, entre otros casos más.Uno de los problemas se encuentra en la falta de supervisión y control por parte de las Alcaldías a las unidades educativas fiscales, quienes de acuerdo a su consideración realizan el registro de sus inventarios y se apoyan en el control social para custodia de sus bienes de uso que brindan las juntas escolares, el cual ha sido polémico en estos últimos años, ya que la susceptibilidad de muchos padres de familia se encuentra en la poca confianza que brindan estas juntas escolares organizadas por la reunión de algunos padres de familia que no son de conformidad para muchos. Otro problema surge cuando las unidades educativas fiscales realizan el registro y supervisión de su inventario, las cuales no cuentan con manuales de organización de funciones y procesos ni de reglamentos internos, y solo se basan en reglamentos no específicos y de publicación dudosa para respaldarse. Como respuesta a estos problemas se propone primero, la implementación de manuales de de funciones y procesos y reglamentos internos para normar el funcionamiento de las unidades educativas fiscales, de acuerdo a lo que establece la Ley 1178 de control gubernamental. Además, se aconseja una supervisión continua de las Alcaldías hacia las unidades educativas y no solo esporádicas, con sustento documentario, apoyo y capacitación respecto al conocimiento y aplicabilidad de esta Ley, especialmente en cuanto a la responsabilidad por la función pública a nivel Directores de Unidades Educativas. | es_ES |