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dc.contributor.authorPaz Villamor, Luis Silvio
dc.date.accessioned2017-11-06T12:05:11Z
dc.date.available2017-11-06T12:05:11Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.issn2413-2810
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/13267
dc.description.abstractEn la Sentencia Constitucional 0100/2014, se señala la Disposición Adicional impugnada que contiene cuatro partes: la primera referida a la posibilidad de que la Administración Tributaria verifique de oficio el correcto cumplimiento de la obligación de emisión de factura, nota fiscal o documento equivalente mediante operativos de control; la segunda sostiene que la administración debe elaborar un acta donde se identifique a la contravención, se especifiquen los datos del sujeto pasivo o tercero responsable y otros datos; la tercera, determina que una vez elaborada el acta, se procederá a la clausura inmediata del negocio, de acuerdo a las sanciones establecidas en el parágrafo II del Art. 164 del Código Tributario Boliviano; y la cuarta, establece que, en caso de reincidencia, se procederá a la clausura definitiva del local intervenido.es_ES
dc.description.sponsorshipInstituto de Investigaciones y Seminarios de la carrera de Derechoes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectCódigo tributario bolivianoes_ES
dc.subjectDerecho constitucionales_ES
dc.subjectAdministración tributariaes_ES
dc.titleAnálisis de la Sentencia Constitucional 0100/2014es_ES
dc.typeArticlees_ES


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