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dc.contributor.authorVidal Pérez, Doris
dc.contributor.authorBallivián Ríos, Julio (tutor)
dc.date.accessioned2017-10-10T18:08:28Z
dc.date.available2017-10-10T18:08:28Z
dc.date.issued2003
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/12782
dc.description.abstractUna de las demandas históricas de los pueblos indígenas y originarios, que quizás sea la más importante, es el respeto a su libre determinación, mediante el reconocimiento y titulación de sus Territorios que histórica y tradicionalmente han ocupado; las ahora denominadas Tierras Comunitarias de Origen. En este sentido, el Estado Boliviano, desde la constitución de la República, ha implementado diferentes políticas orientadas a la resolución de la cuestión jurídica agraria. Si bien se ha avanzado en el desarrollo de un marco jurídico agrario que intenta resolver la situación jurídica de la tenencia de la tierra; estos, no consagran de manera expresa los derechos de los pueblos indígenas y originarios a sus Territorios Indígenas, sobre las que han estada asentados históricamente. Las disposiciones legales establecidas en el Decreto Ley Nº 3464 de Reforma Agraria de 1953, la Constitución Política del Estado de 1994, la Ley 1257, la Ley 1715 o Ley INRA y, otras, abordan la problemática territorial indígena desde una perspectiva agrarista campesina; pretendiendo orientar el sistema productivo indígena, hacia una economía de mercado; donde la tierra es vista, también, como una mercancía, que tiene un valor de intercambio; De esta forma se busca constituir o consolidar a un sector de la población indígena, despojado de su natural forma y medio de producción, como la obligada y disponible fuerza de trabajo en la región del chaco. En este sentido, la legislación nacional no reconoce e incorpora plenamente las legítimas demandas territoriales de los indígenas y originarios; la titulación de la Tierra Comunitaria de Origen, no implica la titulación del espacio de ocupación histórica tradicional y el derecho al control total de los recursos naturales: más bien, como es el caso de los guaraní de Iupaguasu, significa la reducción de su territorio y la marginación a la ocupación de tierras improductivas; las que poco pueden contribuir a asegurar la reproducción sociocultural y material del grupo. Históricamente el Estada Boliviano ha negado su constitución indígena y, sobretodo, la referida a los indígenas de tierras bajos, en éste caso a los guaraní de Iupaguasu: más bien, ha promovido constantemente el desmembramiento de las culturas tradicionales a través del despojo de sus tierras y la imposición de leyes que obedecían a intereses particulares. Un ejemplo de ello fue la promulgación de las leyes de Ex - Vinculación, que tuvo su inicio en el gobierno de Linares y, se hicieron efectivas en el gobierno del General Melgarejo y del General. Adolfo Ballivián. Las leyes de Ex - Vinculación,promovieran el despojo violento de las tierras de los pueblos indígenas y originarios. El marco jurídico agrario de exclusión y marginación, que se constituye desde el periodo colonial, se proyecta hasta la dictación del Decreto Ley de Reforma Agraria del 53, consolidando el despojo histórico de los territorios indígenas de las guaranís. Los guaraní de Iupaguasu, han logrado mantener su presencia en el territorio de la Cordillera desde tiempos anteriores a la llegado de los Conquistadores y, a pesar de los intentos de desalojo, realizado por los colonizadores y el ejército español, luego los colonos y el ejército republicano. posteriormente los hacendados ganaderos, estos, hasta ahora mantienen su presencia en el chaco boliviano; una presencio que demanda el reconocimiento del derecho a su territorio. En cada período histórico, los guaraní de Iupoguasu, desarrollaron variadas estrategias de posesión y conservación del territorio; en algunos casos, obtuvieran resultados que les posibilitó cierto control del espacio, pero con el avance de los colonos republicanos que fue acompañado con la penetración de las vacas, se fue completando el despojo del territorio, que concluye finalmente con la Ley de Reforma Agrario de 1953, que porte del principio de que "la tierra es de quien lo trabajo", contrario al principio guaraní, de que "lo tierra es de quien la vive". La presente investigación, describe y analiza desde uno perspectivo histórico política, la situación de tenencia de lo tierra de los guaraní de Iupaguasu, para concluir en los resultados generados con lo aplicación de lo Ley de Reforma Agraria del 53; y más aún, abordo los efectos de lo Ley 1257 y el reconocimiento y titulación de lo Tierra Comunitario de Origen de los guaraní de Iupaguasu.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectTERRITORIOS INDIGENASes_ES
dc.subjectTENENCIA DE LA TIERRAes_ES
dc.subjectREFORMA AGRARIAes_ES
dc.subjectGUARANÍes_ES
dc.subjectIUPAGUASUes_ES
dc.titleExclusión o incorporación del pueblo Guaraní de Iupaguasu al estado Boliviano en el marco de la reforma agraria de 1953es_ES
dc.typeThesises_ES


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