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dc.contributor.authorMiranda Martinez, Raúl
dc.contributor.authorRolque Lastra, Ramiro (Tutor)
dc.date.accessioned2017-07-03T19:22:03Z
dc.date.available2017-07-03T19:22:03Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.citationTesis de Gradoes_ES
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/11078
dc.description.abstractEn la filosofía jurídica de Hans Kelsen, renombrado jurista vienés contemporáneo, autor de la denominada “nueva Ciencia del Derecho”, se afirma que “es imposible precisar en qué consiste la justicia y cuál es su contenido; pues ni la ciencia del Derecho ni ninguna otra ciencia tienen la capacidad de hacerlo”. Se niega la existencia de lo absoluto; y presumiendo que la justicia es un valor absoluto se asevera que ella se encuentra más allá de toda experiencia humana, porque “es un ideal irracional inaccesible al conocimiento humano, puesto que pertenece a la esfera de la divinidad”. Se dice que la “justicia” aparece cuando se presenta un “conflicto de intereses valiosos o valores” y que la respuesta a este problema es “un juicio subjetivo determinado no por factores racionales, sino por impulsos emocionales de nuestra conciencia”. Según esta teoría, el derecho natural procede de la divinidad, de ahí que “toda doctrina iusnaturalista tiene carácter religioso...”. Kelsen considera que su Teoría Pura del Derecho es la nueva y “verdadera ciencia jurídica” y que en virtud de su pretendida racionalidad científica debe mantenerse al margen de la metafísica. Esta doctrina, radicalmente positivista, se declara neutra al valor, ya que su función no es valorar el Derecho, sino “describirlo” tal cual es y no tal cual debe ser. La Ética debe quedar separada del Derecho, que por tal razón ya no es esencialmente moral, vale decir, bueno. Y dado que la Ética exige la presencia de la Justicia, el Derecho tampoco es justo o injusto, sino axiológicamente neutral, por lo tanto libre de asumir cualquier contenido normativo, ya que importa únicamente cuidar el aspecto formal del orden normativo. En el presente estudio filosófico se formulan algunas observaciones: La Justicia, que básicamente es “dar a cada quién lo que por mérito le corresponde”, no es un valor absoluto y sobrenatural, sino más bien relativo, porque quien da y quien recibe son humanos. No hay que imaginarla como un “ideal irracional, no cognoscible por los mortales”, ni hay que acudir más allá de la experiencia humana para encontrarla. La apreciación de Kelsen de que “toda doctrina iusnaturalista tiene un carácter religioso, ya que el derecho natural es necesariamente un derecho divino”, es insostenible por anacrónica e incongruente con el iusnaturalismo racional contemporáneo. El positivismo no reconoce ningún otro derecho que no sea el positivo; el iusnaturalismo, en cambio, defiende la coexistencia del derecho natural y el positivo, que por fuerza deben complementarse: el primero como la fuente determinante de los preceptos supremos, de la cual debe nutrirse el legislador, y el segundo como el articulador de los mismos por medio de las normas constitucionales.y todas las de orden subalterno. Por otra parte, los “intereses valiosos”, que son ineluctablemente relativos, no pueden ser identificados con los valores éticos, porque éstos ostentan validez universal. En esa línea de pensamiento, y con intenciones veladas, Kelsen acusa a Platón, Aristóteles y Kant de no haber sido capaces de decir en qué consiste la justicia. En este estudio se demuestra lo contrario, interpretando apropiadamente los argumentos de estos filósofos. En la doctrina jurídica de Kelsen, el Derecho está constituido por prescripciones o normas jurídicas, mientras que la Ciencia del Derecho la componen proposiciones jurídicas. Con base en este modelo funcional, la teoría jurídica kelseniana pretende erigirse como una ciencia plena, con el mismo status de las ciencias físicas. Anclada en la sola y pura normatividad, divorciada de los hechos y de la Ética, y encaminada a encontrar una justificación para su sedicente carácter científico, la teoría de Kelsen recurre al argumento trascendental kantiano, queriendo adaptar este método gnoseológico al campo jurídico. Pero, de hecho, la postura del maestro jurista de Viena discrepa sustancialmente con los postulados de la epistemología de Kant, objetivamente reconocida en el campo de la Ciencia.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Carrera de Filosofíaes_ES
dc.subjectFILOSOFÍA JURÍDICAes_ES
dc.titleLa idea de justicia en la filosofía jurídica de Hans Kelsen en torno a la dimensión filosófica de la justiciaes_ES
dc.typeThesises_ES


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