dc.description.abstract | Arancel de aforos, 23 de mayo de 1826 sobre el término en que debe hacerse la liquidación de la internaciones en las aduanas, y que los introductores acepten letras a pagar a los 90 y 120 días. Supremo decreto de 25 de nov. de 1829, estableciendo consulados de comercio en la República. Reglamentos del puerto de Cobija espedido en 4 de oct. de 1839. Ley de 13 de octubre de 1840. Supremo decreto de 27 de octubre de 1840, prohibiendo la internación de algunos artefactos estranjeros. Decreto Supremo de 20 de feb. de 1842. Supremo decreto de 14 de mar. de 1842, reglamentando la ley de 5 de nov de. 1840 sobre el derecho de estración impuesto a la cascarrilla. Circular de 24 de dic. de 1842 número 53. Supremo decreto del 14 de febrero de 1843. Orden Suprema de 3 de set. de 1844. Reglamento interior de los cosulados de comercio, aprobado y mandado obserar por decreto de 3 de sep. de 1844. Supremo decreto de 5 de oct. de 1844. Ley de 2 de noviembre de 1844 imponiendo derechos los efectos que se internen en la república por las fronteras de tierra. Circular de 3 de nov. de 1844 sobre que desde 1º de enero de 1845, se reciba en descuentos de guerra solo la cuarta parte de los derechos que causen los efectos ultramarinos en su internación por tierra. Circular de 4 de nov. de 1844 sobre que los efectos de los estados vecinos que se internen en la república desde 1º de enero de 1845, solo paguen en descuentos de guerra la cuarta parte de los derechos que causaren, a escepción de los licores que satisfarán integramente en dinero corriente. Resolución de 20 de noviembre de 1844 sobre que las cuestiones que se suciten en Cobija sobre reglamento de 4 de oct. de 1839. Ley de 22 de noviembre de 1844 sobre que los consulados y los tribunales de comercio establecidos por decreto de 25 de nov. de 1829 . Supremo decreto de 23 de nov. de 1844. Supremo decreto de 24 de nov. de 1844 imponiendo derechos a la estracción de pesos fuertes: se permite la del oro en pasta ó en polvo y derechos que debe satisfacer: requisitos que deben cumplirse para que estas estracciones no caigan en comiso. Supremo decreto de 25 de nov. de 1844. | es_ES |