Evaluación y control interno en los procedimientos para la regularización y recuperación de las notas de crédito fiscal Petroliferos Fiscales Bolivianos (YPFB)
Date
2013-05-23Author
Magne Vasquez, Veronica
Villegas Villegas, Sybil Monica
Perez Vargas, Luis Fernando ; Tutor
Metadata
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Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos a nombre del Estado Boliviano ejercerá el derecho propietario sobre la totalidad de los Hidrocarburos y representará al Estado en la suscripción de Contratos Petroleros y ejecución de las actividades de toda la cadena productiva establecida en la Ley. La importación de hidrocarburos será realizada por YPFB, por si o por contratos celebrados con personas individuales o colectivas, públicas o privadas, o asociado con ellas, sujeto a reglamentación. Uno de los principios del Régimen de Hidrocarburos es el de la Continuidad: que obliga a que el abastecimiento de los hidrocarburos y los servicios de transporte y distribución, aseguren satisfacer la demanda del mercado interno de manera permanente e ininterrumpida, así como el cumplimiento de los contratos de exportación, por otra parte establece como uno de los objetivos de la Política Nacional de Hidrocarburos el garantizar a corto mediano y largo plazo, la seguridad energética, satisfaciendo adecuadamente la demanda nacional de hidrocarburos. Las actividades de transporte, refinación, almacenaje, comercialización, la distribución de Gas Natural `por Redes, el suministro y distribución de los productos refinados de petróleo y de plantas de proceso en el mercado interno, son servicios públicos, que deben ser prestados de manera regular y continua para satisfacer las necesidades energéticas de la población y de la industria orientada al desarrollo del país. El Tesoro General de la Nación actualmente asume en $us. 180 millones por la subvención; en $us 40 millones es por el GLP y $us 140 millones por el diesel, debido a que el país produce solo el 70 por ciento de lo que consume el mercado interno, por lo que necesariamente debe cubrirse el restante el restante 30 por ciento del déficit de dicha producción. Que al presente, dicho déficit es cubierto por las importaciones de Diesel Oil que realizan las empresas importadores para ser comercializadas en el mercado interno. Sin embargo como los precios de combustible del exterior son más altos que los del país, el Estado paga la diferencia. Ejemplo: "Se vende Diesel Oil en el mercado interno a Bs. 3.72 pero YPFB adquiere el producto en el mercado externo a Bs. 11.00, la diferencia es Bs. 7.22, la cual paga el Estado emitiendo una Certificación en NOCRES a través del Ministerio de Hacienda (esta es la subvención) y para esto debe dar a YPFB NOCRES, lo que se debe hacer es recibir esos papeles para que la empresa no deba al Estado". La importación se realiza de la empresa venezolana PDVSA ya que mediante decreto supremo esta autorizada para la venta de hidrocarburos. En caso que el gobierno levantara la subvención, su efecto sería el aumento de precios del Diesel Oil, en este sentido afectaría a la industria agropecuaria, industrial, etc. Al subir sus costos de producción aumentará el precio del producto final al consumidor, en cierta medida ocasionaría un conflicto social; por otro lado afectaría a transportistas ya que aumentaría el precio de pasajes, camino que no sería el adecuado ya que afectaría a la población, se generaría desabastecimiento y caos. En base a la normativa existente y la aplicación de las mismas al Trabajo Dirigido se seguirá una metodología para desarrollar la evaluación y el control interno para su respectiva regularización y recuperación de NOCRES. Planificar el trabajo para posteriormente ejecutar el mismo y emitir un informe de acuerdo a la revisión efectuada a la documentación relativa, para la recuperación de NOCRES, con el fin de facilitar los trámites de recuperación de NOCRES a través de la formulación de un nuevo Decreto Supremo.