Auditoría especial a los recursos otorgados para gastos de funcionamiento y de representación generados en la gestión del ex embajador extraordinario y plenipotenciario de Bolivia ante la república del Perú Esteban Diddo Calla, por el periodo comprendido el 9 de julio del 2000 al 30 de septiembre del 2002
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Date
2022Author
Condori Alberto, Deysi Secia
Sejas Álvarez, Brian Fernando
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El Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano central del Servicio de Relaciones Exteriores, que se encarga de estudiar, planificar, centralizar, coordinar, desarrollar, ejecutar y evaluar la Política Exterior del Estado. Tiene las atribuciones y funciones principales, sujetas a la Ley N° 465 de Relaciones Exteriores y sus reglamentos, referidas a estudiar y evaluar las relaciones internacionales con países del exterior, forjando la defensa de los intereses del Estado y formular los lineamentos fundamentales de la Política Exterior boliviana. Asimismo, cabe señalar que el Ministerio de Relaciones Exteriores cuenta con una Unidad de Auditoría Interna con el objetivo de evaluar el grado de implementación de los Sistemas administración y control regulados por la Ley 1178, a través de auditorías financieras, especiales y operativas, en el marco de las disposiciones legales vigentes. Normas de auditoria gubernamental y otras relacionadas con el área. De acuerdo al Memorándum de trabajo (ver anexo 3) en la cual se asigna la revisión de la “Auditoria Especial a los recursos otorgados para gastos de funcionamiento y de representación generados en la gestión del ex embajador extraordinario y plenipotenciario de Bolivia ante la República del Perú Esteban Diddo Calla, por el periodo comprendido el 9 de julio del 2000 al 30 de septiembre del 2002” se dio inicio al trabajo dirigido aplicando procedimientos de auditoria con el propósito de obtener información suficiente y competente el cual permita sustentar las conclusiones de acuerdo a la revisión, observación e indagación orientados al cumplimiento del objetivo de la auditoria. Así mismo, cabe mencionar que no se establecieron Indicios de Responsabilidad por la Función Pública.