dc.description.abstract | En nuestro país contamos con médicos forenses y médicos legistas, quienes se encargan del área forense, en sus diferentes ramas, asimismo es importante tener en consideración que el médico forense no acude al levantamiento de cadáver, el encargado de dicha actividad es la Policía Nacional, la unidad de homicidios. El presente trabajo de investigación busca determinar la importancia de la asistencia del médico forense en el levantamiento del cadáver en el lugar del hecho y posteriormente la realización de la autopsia médico legal. La encuesta fue realizada a tres instituciones, la Policial Nacional; la Fiscalía General; y la Asociación científica de Medicina Forense de La Paz. Se realizó la encuesta a 75 personas, que cumplían con los criterios de inclusión. De los cuales el 17.3% pertenece al Instituto de Investigaciones Forenses, el 12% a la Asociación científica de Medicina Forense La Paz, el 70.5% pertenece a la Policía nacional, unidad de homicidios. El 84% tiene conocimiento del contenido del artículo 177 del Código de Procedimiento Penal Boliviano y el 16% no saben su contenido. Con relación al personal que se hace cargo del levantamiento legal del cadáver el 86,6% sabe que el personal de la policía se hace cargo. El 64% del personal conoce la normativa, de cuál es el equipo multidisciplinario que debe acudir al levantamiento legal del cadáver. El 84% de los encuestados cree que es importante la participación del médico forense en la escena del hecho, ya que puede ayudar con la investigación. El 76% de los encuestados cree que es importante la modificación del artículo 177 del Código de Procedimiento Penal Boliviano. El 73,3% acudió a un levantamiento legal del cadáver. El 70.5% de los encuestados pertenecen a la Policía Boliviana, de los cuales el 37,4% opina que el médico forense debe acudir de forma obligatoria al levantamiento legal del cadáver. De esta manera se propone la modificación el artículo 177 del Código del Procedimiento Penal. | es_ES |