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dc.contributor.authorBolivia. Asamblea Nacional
dc.date.accessioned2016-08-18T15:54:02Z
dc.date.available2016-08-18T15:54:02Z
dc.date.issued1878
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/7434
dc.description.abstractLa República de Bolivia y la República de Chile deseando facilitar la administración de justicia y asegurar el castigo de ciertos graves crímenes y delitos que puedan cometerse en el territorio de una ú otra de las dos naciones, y cuyos responsables intenten eludir la pena, huyendo de una de ellas para refujiarse en la otra, han resuelto celebrar una Convención en que se establezcan reglas precisas, fundadas en una perfecta reciprocidad, para la extradición de los acusados ó condenados por los crímenes ó delitos que se especificar n en esta Convención. Con tal objeto han nombrado Plenipotenciarios, saber: S.E. el Presidente de la República de Bolivia Don Ricardo J. Bustamante, encargado de Negocios de Bolivia. S.E. el Presidente de la República de Chile Don José Alfonso, Ministro de Relaciones Exteriores.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectACUERDOS INTERNACIONALESes_ES
dc.subjectCONVENIO SOBRE EXTRADICION BOLIVIA-CHILE 1878es_ES
dc.titleConvención de extradición entre las Repúblicas de Bolivia y Chile.es_ES
dc.typeOtheres_ES


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