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dc.contributor.authorColque Huallpa, Fanny
dc.contributor.authorValencia Tapia, Felipe Eulogio Tutor
dc.date.accessioned2014-09-16T12:16:05Z
dc.date.available2014-09-16T12:16:05Z
dc.date.issued2014-09-16T12:16:05Z
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/123456789/4489
dc.description.abstractLa Entidad Ejecutora de Medio Ambiente y Agua EMAGUA, por razones de necesidad y eficiencia ha establecido el uso del Fondo Rotativo para pagos mediante cheques a proveedores que no cuentan con el Registro de Beneficiario en el Sistema de Identificación Gubernamental de Empresas Públicas-SIGEP (beneficiarios que no son sujetos de pago por parte del Tesoro General de la Nación) y el uso del Fondo Fijo de Caja Chica para el pago en efectivo de gastos pequeños. A solicitud de la Gerencia Administrativa Financiera de EMAGUA, se elaboró los Reglamentos Internos para el manejo del Fondo Rotativo y del Fondo Fijo de Caja Chica para EMAGUA, con el apoyo de la Administración de EMAGUA estableciendo los Procedimientos para el manejo y control de estos Fondos. El Fondo Rotativo y el Fondo Fijo de Caja Chica, forman parte del Sistema de Tesorería y Crédito Público y ésta a su vez se constituye en la síntesis de la Gestión Financiera Gubernamental; por ser la que administra y regula el Flujo de Fondos del Estado e interviene en su Equilibrio Económico y Monetario; teniendo a su cargo la Responsabilidad de: Determinar la cuantía de los Ingresos Tributarios y no Tributarios (Programación Financiera); captar Fondos (Recaudación); pagar las Obligaciones del Estado (Procedimiento de Pago), otorgar Fondos o pagar la adquisición de bienes y servicios en el Sector Público, recibir y custodiar los Títulos y Valores pertinentes. Las Normas de Control Interno para el Sistema de Tesorería y Crédito Público, tienen el propósito de brindar seguridad razonable sobre el buen manejo de los Fondos y Valores Públicos y por ende de reducir los Riesgos de Identificación de Responsabilidad por la Función Pública debido a las transgresiones o incumplimientos de las Disposiciones Legales. Por estas Normas de Aplicación en las Entidades que administran Fondos del Tesoro Público y en cumplimiento del Artículo 27 de la Ley N°1178 "Ley de los Sistemas de Administración y Control Gubernamentales", promulgada el 20 de Julio de 1990, que indica lo siguiente: "Cada Entidad del Sector Público elaborará en el marco de las Normas Básicas dictadas por los Órganos Rectores, los Reglamentos Específicos para el funcionamiento de los Sistemas de Administración y Control Interno regulados por la presente Ley y los Sistemas de Planificación e Inversión Pública. Corresponde a la Máxima Autoridad de la Entidad la Responsabilidad de su implantación"1 y en cumplimiento a otras Leyes y Normas Gubernamentales. Para la elaboración del presente Trabajo, se utilizó por analogía las Normas Específicas para los Sistemas de Administración y Control Interno basado en la Ley N° 1178. Con el objetivo de que los Administradores de EMAGUA, mediante la Formulación y Aprobación de Políticas y Procedimientos específicos, plasmados en los Reglamentos Internos de Fondo Rotativo y Fondo Fijo de Caja Chica, aseguren que el uso de los Recursos Públicos sea consistente con las Disposiciones establecidas en las Leyes y Reglamentos, además de concordante con las Normas relacionadas con la Gestión Gubernamental.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.subjectELABORACIÓN DE REGLAMENTOS INTERNOSen_US
dc.subjectFONDO ROTATIVOen_US
dc.subjectFONDO FIJO DE CAJA CHICAen_US
dc.subjectEMAGUAen_US
dc.titleElaboración de reglamentos internos de fondo rotativo y fondo fijo de caja chica para EMAGUAen_US
dc.typeThesisen_US


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