Mostrar el registro sencillo del ítem
"La ineficacia e ineficiencia jurídica de responsabilidad administrativa después de operarse la prescripción en el marco del Decreto Supremo N. 23318-A, modificado por el Decreto Supremo N. 26237 y la ley 1178"
dc.contributor.advisor | Torrez Valdivia, Rafael, tutor | |
dc.contributor.author | Alavi Valero, Salomón | |
dc.date.accessioned | 2024-11-07T14:50:20Z | |
dc.date.available | 2024-11-07T14:50:20Z | |
dc.date.issued | 2011 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/39452 | |
dc.description.abstract | El Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, aprobado mediante D.S. D.S. N° 23318-A, y modificado por D.S. N° 26237, en sus artículos 15, 16, 18 y, 20 presentan disposiciones desactualizados para regular un proceso administrativo de oficio al interior de la entidad, que ocasionan al Estado costos económicos innecesarios. En la práctica, tal es el caso: para el inicio de un proceso administrativo interno, la solicitud previa de informe de auditoría de parte de la Unidad Legal de la entidad, que amparados en el D.S. N° 23318-A artículo 20 (prueba pre constituida), la máxima autoridad ejecutiva o el sumariante no se hallan dispuestos ha iniciar de inmediato un proceso interno de oficio, a través de una autoridad competente legal, ante cualquier denuncia de irregularidad que se produce al interior de la entidad, siempre esperan un informe previo de Auditoría Interna, que implica el ejercicio de control previo, que de acuerdo al artículo 14 de Ley N° 117 , para auditoría interna este acto está prohibido. Este hecho se agrava cuando se trata de un ex funcionario o ya se tiene una Responsabilidad prescrita. Considerando las fases que se deben cumplir en un trabajo de auditoría según las Normas de Auditoría Gubernamental, una auditoría toma su tiempo y demanda recursos hasta obtener el dictamen de Responsabilidad Administrativa del Contralor General del Estado, con el que la entidad podrá iniciar el proceso interno en el plazo fijado por la Ley N° 1178 (art. 17 D.S. N° 23318-A). Cuando la responsabilidad hubiera prescrito (dos años), los resultados de la auditoría sólo quedarán en registro de responsabilidades. (Art. 15D.S. N° 23318-A, modificado parcialmente por D.S. N° 26237),hecho que implica costos al Estado y repercute en el presupuesto institucional, que lo denominamos en este trabajo la "Ineficacia e ineficiencia Jurídica…". La presente investigación tiene como finalidad, bajo los principios de EFICACIA, ECONOMÍA, EFICIENCIA, encontrar procedimientos alternativos abreviados más eficaces y eficientes para la problemática en cuestión y por consiguiente se plantea un anteproyecto de Decreto Supremo sobre "El procedimiento administrativo jurídico legal en la determinación de Responsabilidad Administrativa y en caso de operarse la prescripción”, para sancionar al servidor público o ex servidor, para su consideración en las instancias pertinentes | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | DERECHO ADMINISTRATIVO | es_ES |
dc.subject | RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA | es_ES |
dc.subject | TESIS DE GRADO | es_ES |
dc.title | "La ineficacia e ineficiencia jurídica de responsabilidad administrativa después de operarse la prescripción en el marco del Decreto Supremo N. 23318-A, modificado por el Decreto Supremo N. 26237 y la ley 1178" | es_ES |
dc.type | Thesis | es_ES |
dc.thesisdegreegrantor | Universidad Mayor de San Andrés | es_ES |
dc.thesisdegreename | Licenciado en Derecho | es_ES |