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dc.contributor.advisorChávez Salazar, Rudy, tutor
dc.contributor.authorChambi Gutiérrez, Herick Rigoberto
dc.date.accessioned2024-03-05T19:08:07Z
dc.date.available2024-03-05T19:08:07Z
dc.date.issued2023
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/34772
dc.description.abstractEsta investigación abordó el tema de la necesidad de una normativa específica que permita crear y regular un Registro Público Nacional de Autoridades de la J.I.O.C. para fortalecer el inc. a) parágrafo II del art. 16 de la Ley 073, referente al deber inmediato de cooperación que deben prestar autoridades de la J.O. a favor de autoridades de la J.I.O.C., la razón de ello se debe a que la norma señalada tiene problemas de aplicabilidad por parte de autoridades de la J.O. En mérito a ello, la problematización fue determinado del siguiente modo: ¿Será necesario una normativa específica que permita crear y regular un Registro Público Nacional de Autoridades de la J.I.O.C. para fortalecer el inc. a) parágrafo II del art. 16 de la Ley de Deslinde Jurisdiccional, referente al deber inmediato de cooperación que deben prestar autoridades de la J.O. a favor de autoridades de la J.I.O.C., cuando éstas la soliciten?. El objetivo principal de la investigación fue proponer una normativa específica que permita crear y regular un Registro Público Nacional de Autoridades de la J.I.O.C. para fortalecer el inc. a) parágrafo II del art. 16 de la Ley 073, referente al deber inmediato de cooperación que deben prestar autoridades de la J.O. a favor de autoridades de la J.I.O.C., cuando éstas la soliciten. A raíz de ello, se estableció la siguiente hipótesis de investigación: una normativa específica que permita crear y regular un Registro Público Nacional de Autoridades de la Jurisdicción Indígena Originario Campesino fortalecerá el inc. a) parágrafo II del art. 16 de la Ley 073 (Ley de Deslinde Jurisdiccional), referente al deber inmediato de cooperación que deben prestar autoridades de la Jurisdicción Ordinaria a favor de autoridades de la Jurisdicción Indígena Originario Campesino, cuando éstas la soliciten. Al respecto, tomando en cuenta que la investigación es de tipo jurídico propositivo y de tipo explicativo, se decidió seguir una metodológica con enfoque cualicuantitativo, con predominancia del enfoque cuantitativo, diseño no experimental, muestra no probabilística, técnica de la encuesta, entrevista y como instrumento de investigación el cuestionario, entrevista abierta y la documental. De acuerdo con el análisis realizado se concluyó a raíz de los resultados favorables obtenidos, que una Ley de Registro Público Nacional de Autoridades de la Jurisdicción Indígena Originario Campesino fortalecerá el inc. a) parágrafo II del art. 16 de la Ley 073, referente al deber inmediato de cooperación que deben brindar autoridades de la J.O. a favor de autoridades de la J.I.O.C., por lo que permitió confirmar la hipótesis planteada y alcanzar el objetivo generaes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectREGISTRO DE AUTORIDADESes_ES
dc.subjectPUEBLOS INDIGENASes_ES
dc.subjectDERECHOS HUMANOSes_ES
dc.subjectTESIS DE GRADOes_ES
dc.title"Necesidad de una normativa especifica que permita crear y regular un registro público nacional de autoridades de la jurisdicción indígena originaria campesina"es_ES
dc.typeThesises_ES
dc.thesisdegreegrantorUniversidad Mayor de San Andréses_ES
dc.thesisdegreenameLicenciado en Derechoes_ES


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