"Propuesta de norma legal procedimental a la filiación materna que señala el código de las familias ley 603, para filiar por indicación en el Servicio de Registro Cívico (SERECI) a los hijos e hijas priorizando el apellido materno"
Fecha
2023Autor
Rivas Mamani, Lusverta
Tutor
Paz Espinoza, Félix Cirilo, tutor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La actual Constitución Política del Estado Plurinacional asume muchos cambios trascendentales con el propósito de descolonizar las estructuras mentales desde la perspectiva del respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes bolivianos y bolivianas. Los fines y funciones del Estado es construir una sociedad justa armoniosa, cimentada en la descolonización, sin discriminación con plena justicia social e igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanos en la búsqueda del vivir bien de manera comunitaria. Es así que promueve, garantiza y protege los derechos de todos los bolivianos y bolivianas asumiendo cambios en todas las normativas vigentes. La legislación boliviana a través del Código de Familias y del Proceso Familiar Ley Nº 603, que regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y deberes y obligaciones de sus integrantes, sin discriminación ni distinción alguna, es un enfoque jurídico esencial para el presente trabajo de investigación la cual centrará su principal atención en la filiación materna por indicación en el Servicio de Registro Cívico a las hijas e hijos priorizando el apellido materno, como el primer apellido. Esta problemática ha dejado en descubierto la subrogación de los derechos de igualdad y equidad de género que proclama la Constitución Política del Estado, en donde su objetivo principal es evitar toda forma de discriminación en razón de género. La presente tesis analizará descriptivamente los problemas que en la práctica se presentan para la figura jurídica de la filiación. Problemas que derivan de una sociedad y de sociedades patriarcalistas en donde la filiación Materna queda subrogada a la decisión del padre progenitor, siendo así que el derecho no brinda la seguridad jurídica de una filiación materna. Por tanto se pondrá en conocimiento y se explorará las contradicciones y ofrecer las posibles soluciones para dar legalidad y viabilidad respecto a la filiación por indicación priorizando como primer apellido el materno.