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dc.contributor.advisorCampero Villalba, Iván Ramiro, tutor
dc.contributor.authorPaño Condori, Luis Lorenzo
dc.date.accessioned2022-10-20T20:05:30Z
dc.date.available2022-10-20T20:05:30Z
dc.date.issued2022
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/30076
dc.description.abstractEs un tema eminentemente social fundamentalmente económico, de gran impacto político y gran envergadura jurídica. La resolución constitucional N°197/2020 de fecha 21 de diciembre de 2020; amparo constitucional expedida por la sala constitucional cuarta del tribunal departamental de justicia de La Paz: Primero, reestablece los derechos fundamentales de la directiva de Irene Elena Flores Torrez, Felix Machaca y otros; quienes están facultados para realizar su actividad propia en instalaciones de ADEPCOCA o conforme manden sus usos y costumbres procedimentales de ADEPCOCA. Segundo, el bloque de Armin Lluta conjuntamente con sus 17 regionales 10 ejecutivos y COFECAY impiden el ingreso a instalaciones de ADEPCOCA de Villa Fátima; indicando que es propiedad privada y no es del estado que son además orgánicos y no afines al gobierno. Tercero, el gobierno a través del ministerio de desarrollo rural y tierras emite una resolución ministerial No 068 autorizando su traslado del mercado de ADEPCOCA Villa Fátima al sindicato de transportes señor de mayo ubicado en la zona Kalajahuira de la ciudad de La Paz; también el personal de DIGCOIN. Cuarto, en fecha 4 de septiembre del año 2021 se realiza las elecciones para la directiva de ADEPCOCA departamental convocado por el comité electoral sr. Romulo Pañuni por la modalidad de elección en ánforas en cada regional, dicho comité electoral fue nombrado por la Sra. Elena Flores; pese que el estatuto orgánico de ADEPCOCA no establece elecciones mediante ánforas solo habla de asamblea ordinaria es quien elige al nuevo directorio. Las elecciones llevadas en ánforas fueron irregular y fraudulenta poco transparente sin la participación de las grandes regionales como es la de Coripata y Chulumani, aunque así el comité electoral dio como ganador al sr. Arnold Alanes. Quinto, el 20 de septiembre del presente año el sr. Alanes ingresa de manera violenta y con custodio policial a las instalaciones del mercado de ADEPCOCA de Villa Fátima, al mismo tiempo es reconocido como presidente de ADEPCOCA por el ministro de gobierno Sr. Eduardo del Castillo, al mismo tiempo en coordinación con el ministro de desarrollo rural y tierras emiten otra resolución ministerial N°342 anulando la RM 068 indicando que solo debe de existir dos mercados de coca a nivel nacional. Sexto, en fecha 4 de octubre del presente año luego de 15 días de enfrentamientos entre el comité de autodefensa por la recuperación del mercado de ADEPCOCA Villa Fátima con el grupo de Arnold Alanes y la policía donde hubo exagerada violación a los derechos humanos como ser heridos, detenciones entre los comités de autodefensa liderizado por Wilder Vargas con plena mayoría de los socios productores de las tres provincias de los yungas de La Paz, las 17 regionales, ejecutivos y COFECAY denominados orgánicos recuperan y toman nuevamente ADEPCOCA de Villa Fátima indicando que es el triunfo de la unida y valentía frente al gobierno represor de Luis Arce. Es un tema eminentemente social fundamentalmente económico, de gran impacto político y gran envergadura jurídica. La resolución constitucional N°197/2020 de fecha 21 de diciembre de 2020; amparo constitucional expedida por la sala constitucional cuarta del tribunal departamental de justicia de La Paz: Primero, reestablece los derechos fundamentales de la directiva de Irene Elena Flores Torrez, Felix Machaca y otros; quienes están facultados para realizar su actividad propia en instalaciones de ADEPCOCA o conforme manden sus usos y costumbres procedimentales de ADEPCOCA. Segundo, el bloque de Armin Lluta conjuntamente con sus 17 regionales 10 ejecutivos y COFECAY impiden el ingreso a instalaciones de ADEPCOCA de Villa Fátima; indicando que es propiedad privada y no es del estado que son además orgánicos y no afines al gobierno. Tercero, el gobierno a través del ministerio de desarrollo rural y tierras emite una resolución ministerial No 068 autorizando su traslado del mercado de ADEPCOCA Villa Fátima al sindicato de transportes señor de mayo ubicado en la zona Kalajahuira de la ciudad de La Paz; también el personal de DIGCOIN. Cuarto, en fecha 4 de septiembre del año 2021 se realiza las elecciones para la directiva de ADEPCOCA departamental convocado por el comité electoral sr. Romulo Pañuni por la modalidad de elección en ánforas en cada regional, dicho comité electoral fue nombrado por la Sra. Elena Flores; pese que el estatuto orgánico de ADEPCOCA no establece elecciones mediante ánforas solo habla de asamblea ordinaria es quien elige al nuevo directorio. Las elecciones llevadas en ánforas fueron irregular y fraudulenta poco transparente sin la participación de las grandes regionales como es la de Coripata y Chulumani, aunque así el comité electoral dio como ganador al sr. Arnold Alanes. Quinto, el 20 de septiembre del presente año el sr. Alanes ingresa de manera violenta y con custodio policial a las instalaciones del mercado de ADEPCOCA de Villa Fátima, al mismo tiempo es reconocido como presidente de ADEPCOCA por el ministro de gobierno Sr. Eduardo del Castillo, al mismo tiempo en coordinación con el ministro de desarrollo rural y tierras emiten otra resolución ministerial N°342 anulando la RM 068 indicando que solo debe de existir dos mercados de coca a nivel nacional. Sexto, en fecha 4 de octubre del presente año luego de 15 días de enfrentamientos entre el comité de autodefensa por la recuperación del mercado de ADEPCOCA Villa Fátima con el grupo de Arnold Alanes y la policía donde hubo exagerada violación a los derechos humanos como ser heridos, detenciones entre los comités de autodefensa liderizado por Wilder Vargas con plena mayoría de los socios productores de las tres provincias de los yungas de La Paz, las 17 regionales, ejecutivos y COFECAY denominados orgánicos recuperan y toman nuevamente ADEPCOCA de Villa Fátima indicando que es el triunfo de la unida y valentía frente al gobierno represor de Luis Arce.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectAMPARO CONSTITUCIONALes_ES
dc.subjectADEPCOCAes_ES
dc.subjectRESOLUCIÓN MINISTERIAL 068es_ES
dc.title"Alcances legales de la tutela del amparo constitucional respecto al trabajo sobre hechos controvertidos del cambio de lugar del mercado ADEPCOCA mediante R.M. 068"es_ES
dc.typeThesises_ES
dc.thesisdegreegrantorUniversidad Mayor de San Andréses_ES
dc.thesisdegreenameLicenciado en Derechoes_ES


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