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dc.contributor.authorCondori Mamani, Sonia
dc.contributor.authorValencia Tapia, Felipe Eulogio ; Tutor
dc.date.accessioned2013-05-23T12:49:43Z
dc.date.available2013-05-23T12:49:43Z
dc.date.issued2013-05-23T12:49:43Z
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/123456789/3006
dc.description.abstractEl 16 de septiembre de 1997, se crea el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI) en el marco de la Ley 1788, como un Órgano Desconcentrado, encargado de administrar el régimen de la Propiedad Intelectual en Bolivia mediante Decreto Supremo Nº 28152. El Servicio Nacional de Propiedad Intelectual, es una Institución Pública desconcentrada que depende del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural, con competencia de alcance nacional, tiene autonomía de gestión administrativa, legal y técnica; con la misión de administrar en forma desconcentrada e integral el régimen de la Propiedad Intelectual en todos sus componentes, mediante una estricta observancia de los regímenes legales de la Propiedad Intelectual y, de la vigilancia de su cumplimiento así como de una efectiva protección de los derechos de exclusiva, referidos a la Propiedad Industrial, al Derecho de Autor y Derechos Conexos, constituyéndose en la Oficina Nacional competente respecto de los tratados internacionales y acuerdos regionales suscritos y adheridos por el país, así como de las normas y regímenes comunes que en materia de Propiedad Intelectual se han adoptado en el marco del proceso Andino de integración. Por lo cual el presente Trabajo Dirigido, tiene como finalidad describir los antecedentes y normativa aplicable en la Institución donde se ejecutará el trabajo, así como identificar y focalizar los objetivos general y específicos, con relación al tema definido, en basa en el cumplimiento del marco normativo vigente para la ejecución de éste tipo de auditorías, requerido por el artículo 27, inciso e) de la Ley Nº 1178 y por el Art. 22 de la Ley 062 del 28 de noviembre de 2009. Posteriormente el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través de la Dirección General de Contabilidad Fiscal dependientes del Vice ministerio de Presupuesto y Contabilidad Fiscal, comunica lo siguiente: Los Órganos Legislativo, Judicial, Electoral, Entidades Desconcentradas, Universidades Públicas, Instituciones de Control, Defensa Legal del Estado, Gobierno Autónomos Municipales y resto de Entidades de Sector Público establecidos en la Constitución Política del Estado, excepto del Órgano Ejecutivo, deberán presentar sus Estados Financieros de la gestión 2011, incluido el informe de Auditoría Interna, hasta el 28 de febrero del 2012.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.subjectAUDITORIA DE CONFIABILIDADen_US
dc.subjectEJECUCION PRESUPUESTARIAen_US
dc.subjectSERVICIO NACIONAL DE PROPIEDAD INTELECTUALen_US
dc.titleAuditoria de confiabilidad de registros y estado de ejecución presupuestaria del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual gestión 2010.en_US
dc.typeThesisen_US


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