"Derechos fundamentales y acido desoxirribonucleico (ADN)"
Fecha
2018Autor
Alarcon Yampasi, Blanca Isabel
Tutor
Mostajo Barrios, Jorge Omar, tutor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Los avances de la medicina y los medios tecnológicos que se han creado en esta época han traído a la sociedad respuestas a innumerables problemas; entre ellos la obtención de datos exclusivos a partir de una muestra de Acido Desoxirribonucleico (ADN), que se ha convertido en una herramienta fundamental en la negación de la paternidad, maternidad y sobre todo en materia de delitos; pero a su vez, genera problemas en su obtención y aplicación a casos concretos que afectan a derechos fundamentales entre ellos: el derecho a la libertad, integridad física o corporal, intimidad corporal o genética, dignidad, y derecho a no declarar contra sí mismo; sin embargo, se hace necesario rodear de legalidad las diligencias en la etapa preliminar de la investigación penal que es el momento oportuno en el que normalmente se recolectan medios de prueba, entre ellos el Acido Desoxirribonucleico (ADN) del ser humano con el fin de sustentar una acusación penal o en su caso otra acción. En la administración de justicia, su obtención ha demostrado ser un medio importante de prueba para establecer hechos de relevancia jurídica, fundamentalmente en el área penal porque ante el acaecimiento de un hecho delictuoso se pueden dejar vestigios biológicos del sospechoso sobre la víctima, en el lugar de los hechos, en los instrumentos del delito, así como la victima sobre el autor y sus pertenencias. Estas situaciones han dado lugar a nuevos problemas relacionados con la tutela de los derechos fundamentales protegidos por la Constitución Política del Estado, tratados y convenios internacionales, entre el medio de prueba, el Acido Desoxirribonucleico (ADN), y la obtención del medio de prueba (intervención corporal del sospechoso), con claros atentados contra derechos fundamentales (artículo 15 de la Constitución Política del Estado), tales como el derecho a la integridad física, intimidad corporal o genética, con la sola finalidad de imponer una sanción penal al autor, violando los derechos del imputado. Ante esta realidad del menoscabo de los derechos fundamentales el constitucionalismo moderno ha establecido que estos derechos no son absolutos sino relativos susceptibles de ser afectados en ciertas circunstancias, siempre y cuando, se preserve el principio de legalidad sustentado en los parámetros de proporcionalidad y racionabilidad. Esta trilogía tiene que estar expresamente regulada en una ley.