"Vacíos legales en el delito de clonación de las tarjetas de débito y crédito"
Date
2021Author
Eguivar Serrudo, José Luis
Tutor
Centellas Vargas, Israel Hugo, tutor
Metadata
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El presente trabajo de investigación identifica que el actual Código Penal Boliviano y sus normas jurídicas de conexión, no contemplan la tipificación (Parte Especial) los delitos de Clonación de las Tarjetas de Débito y Crédito; existiendo un vacío legal de este tipo de delitos; entendiéndose como vacío legal a la ausencia de reglamentación legislativa en esta materia concreta; esto nos abre a las puertas de un debate, porque se estaría sancionado por analogía legal o semejanza este tipo de delitos, lo que se trata es tipificar el mismo a fin de evitar hechos delictivos. Norberto Bobbio señala que toda norma jurídica representa una limitación a la voluntad humana; por fuera de esta el hombre es libre de hacer los que desee, a esto llama espacio jurídico vacío. Asimismo, la Constitución Política del Estado Plurinacional, publicada el 7 de febrero de 2009, no establece la clonación y al uso fraudulento de las tarjetas de Débito y Crédito, solo se limita a señalar los Artículos Nos. 331 y 333 sobre las actividades en Servicios y Operaciones Financieras. En este contexto, se tiene como objetivo incorporar normas jurídicas referidas sobre este tipo de delitos, con el fin de proteger las cuentas bancarias de los usuarios y/o consumidores. Actualmente, las Tarjetas de Débito y Crédito, en el sector financiero representa un servicio de alto impacto para los usuarios y/o consumidores, debido a su incremento significativo en el manejo del dinero plástico, el cual cuenta con varias ventajas en pagos online de bienes y servicios , reducción del riesgo de contagio en el manejo de efectivo por la pandemia del Coronavirus, el engaño por la circulación de billetes falsos en el mercado y para realizar viajes dentro y fuera del país evitando así el traslado de cantidades de dinero en efectivo; sin embargo, se han venido presentando diferentes casos de clonación o uso fraudulento de las mismas, por redes delincuenciales que operan en los Cajeros Automáticos por una parte, y por otra a través de pagos en tarjeteros (Skimmers) que consiste en el robo de información con el copiado de la banda magnética utilizado en el momento de la transacción, para su posterior uso fraudulento; mismos que realizan personas que trabajan en tiendas comerciales, restaurants, gasolineras y por falta de información que cuentan los usuarios y/o consumidores por parte de las Entidades Financieras que otorgan esos servicios.