Análisis a la propuesta de control interno aplicado a los Recursos Humanos
Fecha
2018Autor
Arias Coronel, Papias Luiggi Reynaldo
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El control interno ha sido reconocido como una herramienta para que la dirección de todo tipo de organización Pública y Privada, obtenga una seguridad razonable para el cumplimiento de sus objetivos institucionales y esté en capacidad de informar sobre su gestión a las personas interesadas en ella. En la Administración Pública y Privada de una gestión debe regirse por los principios constitucionales y legales vigentes; además, la rendición de cuentas correspondientes tiene como destinatario último a la sociedad, considerada de manera integral, pues las instituciones públicas se crean para satisfacer necesidades generales de la sociedad, la cual tiene el poder supremo en una sociedad democrática. El control interno se perfila como un mecanismo idóneo para apoyar los esfuerzos de las entidades públicas y privadas con miras a garantizar razonablemente los principios constitucionales y la adecuada rendición de cuentas. En ese ámbito, el concepto de control interno y su utilidad para guiar las operaciones ha ido integrándose progresivamente en los procesos de los Recursos Humanos de las entidades públicas y privadas, teniendo en cuenta los cambios institucionales y los avances recientes en las ciencias de la economía y la administración de personal; estableciendo la aplicación de prácticas administrativas modernas, incorporando elementos innovadores para la gestión y la pública. Es notorio que las Máximas Autoridades Ejecutivas, Servidores Públicos y empleados han reconocido su responsabilidad por establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno de la entidad pública y privada, así como promover las disposiciones necesarias para garantizar razonablemente una alta eficiencia en su implantación y funcionamiento, con el fin de estimular la eficiencia de las operaciones, mediante la aplicación de instrumentos idóneos de gerencia que fortalezcan el cumplimiento íntegro y oportunamente de su misión. En este proceso ha contribuido la divulgación de herramientas jurídicas sobre el tema, que la función pública está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. La administración pública de los Recursos Humanos, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. Asimismo, que las entidades públicas están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que dispusiera la ley, que para efectos de su reglamentación dictara el Gobierno. En cumplimiento de este es a través de la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones; desarrollando el campo de aplicación, que establece a todos los organismos y entidades de las Ramas del Poder Público en sus diferentes órdenes y niveles, así como en los organismos de control, en los establecimientos públicos, en las empresas industriales y comerciales del Estado. La implementación del sistema de control interno en los organismos y entidades públicas, es responsabilidad del representante legal de la entidad. La aplicación de los métodos y procedimientos, al igual que la calidad, la eficiencia y eficacia del control interno, es también responsabilidad de los jefes de cada una de las dependencias de la entidad. Sin embargo, la responsabilidad de la buena marcha de la entidad pública es de todas las personas que trabajan. Con el control interno en el sector público, se busca sensibilizar a los funcionarios públicos, sobre la importancia del control interno en el ejercicio de sus funciones, proporcionándoles un instrumento adicional para el buen manejo, custodia, control y aplicación de los Recursos Humanos de las entidades. Asimismo, para alcanzar los objetivos institucionales contenidos en su Plan Estratégico Institucional y demás disposiciones legales aplicables. Contribuye también a fortalecer los principios de transparencia, rendición de cuentas y fiscalización de los recursos públicos. El control interno, lejos de ser un fin en sí mismo que interfiera con el accionar de las entidades, es un medio más para el logro de sus objetivos. Por lo tanto, debe entenderse como un proceso que, bajo la responsabilidad indelegable de la alta dirección, es ejecutado por ella misma y por todos y cada uno de sus integrantes. Esta responsabilidad es de todos los servidores públicos frente al control interno, por lo que se hace necesario que todos conozcan su marco conceptual, sus componentes, la importancia de su implementación y operatividad.