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dc.contributor.authorAlanoca Choque, Luis Felipe
dc.date.accessioned2019-05-08T20:45:04Z
dc.date.available2019-05-08T20:45:04Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/20195
dc.description.abstractEl Sistema de Programación de Operaciones de las entidades públicas se encuentra regulada por la Ley Nº 1178, el cual estable los Sistemas de Administración y Control. En los últimos años se ha visto necesario fortalecer la formulación de los planes de mediano y corto plazo, con el fin de contribuir al Plan de Desarrollo Económico Social de largo plazo. Es por esta razón que el 21 de enero del 2016 se sanciona la Ley 777, Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE, con el objeto de conducir el proceso de planificación del desarrollo integral del Estado Plurinacional de Bolivia, en el marco el Vivir Bien. Uno de los fines de la Ley 777 del SPIE, es realizar el seguimiento y evaluación integral de la planificación, basado en metas, resultados y acciones, contribuyendo con información oportuna para la toma de decisiones de gestión pública. Es necesario puntualizar que las entidades públicas han asumido este cambio con limitaciones de distintas formas, por lo que sus objetivos de corto plazo establecidos en su Plan Operativo Anual (POA), no presentaban un enfoque integrado y articulado con el logro de metas, resultados y acciones identificados en la planificación estratégica a mediano plazo. El 5 de julio de 2017 se aprueba el Decreto Supremo Nº 3246, las Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones, una norma actualizada, que tiene por objeto regular la aplicación del Sistema de Programación de Operaciones en las entidades del sector público, determinando los procedimientos a emplear, medios y recursos a utilizar, en función al tiempo y espacio, permitiendo la programación de acciones de corto plazo, concordantes con el Plan Estratégico Institucional, en el marco de los planes de mediano plazo establecidos por el Sistema de Planificación Integral del Estado. La Auditoria Operativa a la eficacia del Sistema de Programación de Operaciones, se deberá efectuar en base a un programa específico de auditoria con aplicación de procedimientos y técnicas de auditoria y los hallazgos debidamente respaldados con documentación válida, suficiente y competente. Es por esta razón el presente estudio “La importancia de la Auditoria Operacional para la Evaluación del Sistema de Programación de Operaciones en las Entidades Públicas”, con el fin de explicar la importancia del SPO, sobre su eficacia y los Controles Internos Incorporados para su cumplimiento. Una de las herramientas que permite medir la eficacia, es diseñar un cuestionario en base a las Norma Básica del Sistema de Programación de Operaciones aprobadas mediante Decreto Supremo N° 3246 del 05 de julio de 2017, estableciendo valores a las preguntas y determinando los porcentajes de eficacia.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Pública. Instituto de Investigaciones en Ciencias contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectAUDITORIA OPERACIONALes_ES
dc.subjectEFICACIAes_ES
dc.subjectSPOes_ES
dc.subjectSISTEMA DE PROGRAMACIONes_ES
dc.subjectENTIDADES PUBLICASes_ES
dc.titleImportancia De La Auditoría Operacional Para La Evaluación De La Eficacia Del Sistema De Programación De Operaciones En Las Entidades Públicas.es_ES
dc.typeThesises_ES


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