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dc.contributor.authorVertiz Vargas, Diether Silvestre
dc.date.accessioned2019-04-11T15:14:35Z
dc.date.available2019-04-11T15:14:35Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/19737
dc.description.abstractEl presente trabajo de monografía, se plantea a partir de un análisis de la decisión No-599 de la Comunidad Andina sobre los aspectos de la aplicación del Impuesto al Valor Agregado en los países que conformas dicha comunidad. El 16 de julio del 2003 en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena No. 1093 se publicó la Decisión 599 sobre la “Armonización de Aspectos Sustanciales y Procedimentales de los Impuestos Tipo Valor Agregado”, con el fin de promover la neutralidad del Impuesto al Valor Agregado y no causar distorsiones en la economía y como un elemento importante para llegar al establecimiento del Mercado Común fijado para el año 2005. La Decisión No.599, requiere que en forma previa, cada país miembro (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú) incorpore a su derecho interno y entrará en vigencia como instrumento correspondiente en la Secretaría General de la Comunidad Andina. La tasa máxima, señala la Decisión, no podrá ser superior al 19%, valor que no supera ninguno de los países miembros. La Decisión pretende que únicamente se mantenga la tarifa 0% de Impuesto al Valor Agregado en actividades de exportación con derecho a devolución por el impuesto pagado en sus compras. Sin embargo, para aquellos productos y servicios que exista en cada país se podrá determinar una tasa preferencial de 0% de Impuesto al Valor Agregado o en % que lleguen hasta el 19% como límite. Estas tasas son consideradas de alcance a los sectores de comercio y producción de alimentos de primera necesidad como los servicios básicos de la población entre ellos el acceso a la salud y la educación sean liberados de este impuesto. En lo que respecta a nuestro país en comparación con los otros países miembros, nuestro régimen tributario no contempla un Impuesto al Valor Agregado diferenciado, sin embargo solo cuenta con la excepción de impuesto algunos sectores y regímenes especiales de contribución. Las recomendaciones establecidas en el presente trabajo están orientados a comparar los alcances objetivos del Impuesto al Valor Agregado en Bolivia, Colombia, Perú y Ecuador y atreves de este análisis establecer que en convincente establecer tasas diferenciadas en Bolivia. Esta política establecerá un régimen más adecuado al pago del tributo y que los bienes (alimentos de primera necesidad) y servicios básicos estén al alcance de la población más excluida y el alcance favorezca a la mayoría de la población boliviana.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Pública. Instituto de Investigaciones en Ciencias contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectSISTEMAes_ES
dc.subjectCANes_ES
dc.subjectCOMPENSATORIOes_ES
dc.titleSistema Compensatorio del Impuesto al Valor Agregado en los países que conforman la Comunidad Andina “Can”es_ES
dc.typeThesises_ES


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