Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.authorAlcon Garnica, Andrés Orlando
dc.date.accessioned2019-04-02T15:42:59Z
dc.date.available2019-04-02T15:42:59Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/19556
dc.description.abstractEl fin de la presente monografía es conocer cuál es la relación de la Ley Nº 291 de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012) de 22/069/2012, mediante su Disposición Adicional Quinta y adicionalmente la Ley Nº317 de 11/12/2012, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2013, mismas que modifican el termino de prescripción establecida en el artículo 59 del Código Tributario Boliviano de 2 de agosto de 2003 se sujetan a los Principios de irretroactividad y legalidad como a la Constitución Política del Estado. El problema sobre la prescripción tributaria está en la noción de retroactividad de la norma. ¿Desde qué momento se debe aplicar una norma recién emitida? Se denomina retroactividad a trasladar la vigencia de una norma de una fecha, hacia un lapso anterior a su creación. Desde el punto de vista lógico, implica hacer valer normas del futuro a hechos acaecidos en el pasado donde existían otras normas vigentes. Sin embargo, la forma de aplicar la última modificación al Código Tributario por parte del SIN, y que está respaldado por la AIT (Autoridad de Impugnación Tributaria), es de forma retroactiva vulnerando el Código Tributario y la CPE. El trabajo se lo realizo a través del método deductivo inductivo y con preminencias de la técnica bibliográfica, con la recopilación de información y conceptos que administren luces acerca de la aplicación de los principios de irretroactividad y legalidad. Los resultados alcanzados a través de la recopilación de información demuestran que las modificaciones realizadas a través de la Ley Nº 291 y la Ley Nº 317 de 11/12/2012 a la Ley 2492 Código Tributario Boliviano en su artículo 59 no sujetos a los principios de retroactividad y no existe congruencia con la constitución política del estado, por lo que se concluye que la misma debería sujetarse a los principios citados apego a la constitución política del estado por consiguiente debe ser modificadaes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés Facultad de Ciencias Económicas y Financieras. Contaduría Pública. Instituto de Investigación en Ciencias Contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectARTICULOes_ES
dc.subjectPRESCRIPCIÓNes_ES
dc.subjectLEYes_ES
dc.titleAnálisis del Artículo 59 Prescripción Tributaria Modificado por la Ley 291 y 317es_ES
dc.typeThesises_ES


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem