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dc.contributor.authorCerezo Cerezo, Hilda
dc.date.accessioned2019-04-01T15:26:23Z
dc.date.available2019-04-01T15:26:23Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/19503
dc.description.abstractLa Ley de la Reforma Tributaria No. 843 se promulga el 20 de mayo de 1986, estableciendo solamente siete impuestos; posteriormente se efectúa modificaciones mediante la Ley No. 1606 de 22 de diciembre de 1994, estos impuestos son: a) Impuesto al Valor Agregado (IVA) b) Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA) c) Impuesto a la Renta Presunta de las Empresas (IRPE), actualmente es Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) d) Impuesto a las Transacciones (IT) e) Impuesto a los Consumos Específicos (ICE) f) Impuesto Municipal a la Transferencia de inmuebles y vehículos automotores (IMT) g) Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD). Todos los Impuestos en definitiva recaen sobre el consumo con algunas excepciones ya que se constituyen en impuestos indirectos que las empresas se encargan de recaudar; es decir, las empresas se constituyen en realidad como agentes de retención de la mayoría de los Impuestos que pagan los consumidores, demostrándose que las empresas por la actividad comercial y productiva que realizan no tributan casi nada como producto de la Política Tributaria de la compensación de la cual gozan. La presente monografía consiste en demostrar la equivocada política tributaria establecida por el Estado Boliviano, con la compensación de impuestos de diferente naturaleza como es el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas que se clasifica como Impuesto a la Renta durante un periodo fiscal y el Impuesto a las Transacciones que se categoriza como Impuesto a la venta de bienes y servicios. La compensación del Impuesto a las Transacciones que tiene una alícuota del 3% que es declarada y pagado mensualmente con el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas 3 efectivamente pagado que tiene una alícuota del 25% y que es declarado y pago anualmente provoca que el Estado recaude menos ingresos, puesto que de acuerdo El Art. 77 de la Ley Nº 843 además de establecer el inicio de compensación del IUE liquidado y pagado con el Impuesto IT, establece el periodo límite de la compensación. La mayoría de los contribuyentes muchas veces optan por inflar los gastos en el estado de resultados para reducir o evitar pagar el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, aun sabiendo que tal acto es sancionado por el Servicio de Impuesto Nacionales. Hay contribuyentes que calculan el IUE a pagar correspondiente a una gestión fiscal, para que dicho impuesto sea compensado en su totalidad con el Impuesto a las Transacciones. Con relación a los saldos del IUE que no fuesen compensados al vencimiento del siguiente periodo, el Art. 77 de la Ley Nº 843 establece que estos en ningún caso darán derecho a reintegro o devolución a favor del contribuyente, quedando consolidados a favor del fisco. Como indica en el párrafo anterior únicamente el Estado se beneficia del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas cuando el contribuyente o empresario no logra compensar en su totalidad con Impuesto a las Transacciones. Esta compensación también distorsiona la información contable que debe ser exacta y estricta ya que en la práctica el Impuesto a las Utilidades de las Empresas se constituye en el anticipo de los Impuesto a las Transacciones que se generará en la siguiente gestión. Como conclusión del presente trabajo se propone la derogatoria del Artículo 77° de la Ley 843 (Ley de la Reforma Tributaria), que autoriza la compensación de los Impuestos Señalados; para que se aplique plenamente los principios tributarios y que ningún sujeto pasivo sea beneficiado con exenciones o compensaciones y también proponer modificar la alícuota del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor de San Andrés Facultad de Ciencias Económicas y Financieras. Contaduría Pública. Instituto de Investigación en Ciencias Contables, Financieras y Auditoria. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectIUEes_ES
dc.subjectITes_ES
dc.subjectMODIFICACIONes_ES
dc.titleModificación al Impuesto Sobre las Utilidades de las Empresas y Eliminación de la Compensación del IUE con el ITes_ES
dc.typeThesises_ES


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