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Propuesta de implementación de servicio de información de vuelo de aeródromo en los aeródromos de Bolivia de acuerdo al manual de planificación de los servicios de tránsito aéreo, doc 9426
dc.contributor.author | Machicado Toola, Marcos Luis | |
dc.contributor.author | Calderón Guerra, Javier [tutor] | |
dc.date.accessioned | 2019-02-13T21:40:42Z | |
dc.date.available | 2019-02-13T21:40:42Z | |
dc.date.issued | 2018 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/18821 | |
dc.description.abstract | El manual de Planificación de los Servicios de Tránsito Aéreo (Doc. 9426) de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) establece los parámetros y criterios en los cuales los estados contratantes deben basar los servicios que deben prestar en relación a los Servicios de Tránsito Aéreo (ATS), siendo de tal forma que estos deben cumplir los objetivos identificados para la mitigación del riesgo en cuanto a la seguridad de la operación durante el vuelo, para lo que se propone prestar el Servicio de Información de Vuelo de Aeródromo (AFIS) en aeródromos donde cumplan las características necesarias para este cometido. De acuerdo al documento 9426 debemos señalar que, según sean las condiciones del tránsito, la provisión de ciertos aspectos del servicio ATS puede limitarse a las horas o períodos cuando el servicio en cuestión se necesite en realidad, y que, fuera de esas horas o períodos, se proporcione un servicio más limitado; por ejemplo, en el caso de un APP se proporcione solamente control de aeródromo o servicio de información de vuelo de aeródromo (AFIS). Sin embargo, el recurrir a esos arreglos presupone que en ninguna circunstancia esto pueda mermar la seguridad del vuelo o producir otras consecuencias que tengan un efecto demasiado perjudicial para los vuelos realizados en esas condiciones. La baja afluencia de tránsito aéreo con la que cuentan algunos aeródromos en Bolivia no justifica el prestar un servicio de control de tránsito aéreo para lo que sería más conveniente prestar un servicio de información de vuelo de aeródromo (AFIS) en concordancia con las recomendaciones de la OACI de acuerdo a la circular 211-AN/128 enunciada el año 1988. Por otro lado precautelando la seguridad del vuelo bajo determinadas condiciones debería prestarse este servicio de información de vuelo de aeródromo (AFIS) en todos los aeródromos de Bolivia, por ejemplo ante la implementación de un plan de contingencia. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | SERVICIO DE INFORMACIÓN | es_ES |
dc.subject | VUELO DE AERODROMO | es_ES |
dc.subject | TRANSITO AEREO | es_ES |
dc.subject | DOC 9426 | es_ES |
dc.title | Propuesta de implementación de servicio de información de vuelo de aeródromo en los aeródromos de Bolivia de acuerdo al manual de planificación de los servicios de tránsito aéreo, doc 9426 | es_ES |
dc.type | Thesis | es_ES |