Multas Resultantes Por Delitos O Contravenciones A Causa Del Desconocimiento Del Contribuyente De La Aplicación De La Normativa Tributaria
Fecha
2016Autor
Mancilla Flores, Dimelza Michelle
Fernandez Ticona, Rocio Laura
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
La expresión "ilícito tributario" hay que atenderla como concepto general de la infracción tributaria tanto en el ámbito administrativo como en el penal. Entender el concepto de ilícito tributario es básico para poder hacer un análisis profundo de la figura de las contravenciones tributarias y delitos tributarios, ya que es un concepto genérico en donde están comprendidos las contravenciones tributarias y los delitos tributarios.
Las contravenciones tributarias provienen del incumplimiento de las obligaciones tributarias, tipificadas principalmente en el Código Tributario. No precisa del elemento subjetivo (dolo), es decir, no se toma en cuenta la intención del sujeto sino el mero hecho, la realización de la conducta prevista en la norma o el incumplimiento de alguna obligación de carácter formal establecida.
Para que un acto sea considerado como delito tributario es imprescindible la presencia del dolo, además de los elementos constitutivos de delito común, que necesariamente debe existir la intención de realizar la conducta prevista en la norma como un delito.
En términos más generales se puede decir que el delito tributario gira en torno a la conducta del contribuyente, claro que ésta conducta debe contener los elementos que la convierten en delito, que son: acción, tipicidad, antijuricidad, imputabilidad, culpabilidad y punibilidad.