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    Proceso de Rectificatorias de Declaraciones Juradas con Saldo a Favor del Fisco o a Favor del Contribuyente

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    DIP-TRIB–067 PROCESO DE RECTIFICATORIAS DE DECLARACIONES JURADAS CON SALDOS A FAVOR DEL FISICO O A FAVOR DEL CONTRIBUYENTE.PDF (437.5Kb)
    Date
    2016
    Author
    Chipana Chambi, Sonia Virginia
    Metadata
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    Abstract
    Las Rectificatorias a favor del contribuyente podrán ser aprobadas por una sola vez, por cada impuesto, formulario y periodo fiscal, conforme los procedimientos. El sujeto pasivo podrá presentar su solicitud de rectificatoria por los impuestos, formularios y periodos fiscales en los cuales no se haya notificado un Proveído de Ejecución Tributaria. Las Declaraciones Juradas Rectificatorias que los contribuyentes presenten a iniciativa propia con posterioridad a la notificación de inicio fiscalización o verificación, no afectarán el desarrollo de las mismas y su valoración estará sujeta a los resultados de la misma, pudiendo ser aceptados o rechazados sus contenidos. La aprobación de las Declaraciones Juradas Rectificatorias mediante Resolución Administrativa, que hayan sido resultado de un proceso de verificación, no limita a la Administración Tributaria la potestad de ejercer sus facultades de control, verificación y fiscalización por el o los periodos involucrados en la solicitud de rectificatoria. El rechazo de la solicitud de rectificatoria mediante Resolución Administrativa o el desistimiento solicitado voluntariamente por el sujeto pasivo o tercero responsable no implica la renuncia al derecho del sujeto pasivo o tercero responsable de iniciar un nuevo trámite de solicitud de rectificatoria por el mismo impuesto y periodo, formulario e impuesto.
    URI
    http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/14629
    Collections
    • Monografia de Diplomado

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