Aplicabilidad de los trámites administrativos como mecanismos alternativo para que el servicio de registro cívico disuelva el matrimonio
Resumen
Disolver el matrimonio por la vía administrativa resulta una opción nueva para disolver el matrimonio por su bajo costo, tiempo, atención a los intereses de las partes y manejo adecuado de las relaciones interpersonales. Es necesario que el código de familia se incorpore un artículo de la siguiente forma: " Art. 129 Bis El Matrimonio podrá disolverse por la vía judicial cuando exista oposición de las partes y por las via administrativa cuando no exista oposición de ninguna de las partes" Asimismo se debe incorporar en el Art. 73 numeral 8. La disolución del matrimonio cuando no exista oposición de ninguna de las partes.