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dc.contributor.authorPeñaranda Espinoza, Diego Alejandro
dc.date.accessioned2017-10-20T17:39:47Z
dc.date.available2017-10-20T17:39:47Z
dc.date.issued2011
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/12937
dc.description.abstractEl despido indirecto, como una forma de extinción de la relación laboral, actualmente está regulado por el Decreto Supremo de 09 de marzo de 1937, por causal de Rebaja de Sueldos. Desde el momento de su promulgación, está fue la única norma que reglamenta la finalización de la relación laboral, por voluntad propia del trabajador y por falta imputable al empleador. Se puede decir que existe una fusión de las formas de extinción de la relación laboral según nuestra legislación laboral, entre la renuncia voluntaria del trabajador y el despido del mismo, que puede ser intempestivo o anunciado con tres meses de anticipación, que sucede en el caso de rebaja de sueldos, que debería adecuarse a este principio.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectDespido indirecto en bolviaes_ES
dc.subjectEl derecho del trabajoes_ES
dc.subjectContrato de trabajoes_ES
dc.titleEl despido indirecto en Bolivia, una forma de extinción de la relación laboral en la Legislación Nacional, a implementarse en el Código Procesal del Trabajoes_ES
dc.typeThesises_ES


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