Análisis del artículo 111 de la Ley General de Telecomunicaciones, propuesta para la intervención del juez de garantías en consonancia con el articulo 25 de la Nueva Constitución Políticas del Estado
Resumen
Despues de la sanción y promulgación de la Ley de Telecomunicaciones Tecnología de Información y Comunicación Nº 164 de fecha 8 de agosto de 2011 en su art. 111 parágrafo 1 desde una lectura y análisis gramatical del referido parágrafo se infiere que la autoridad pública, legitima y legalmente constituida podrá ingresas al proceso de las comunicaciones e iniciar en base a la información obtenida un proceso de investigación. En este contexto las intervenciones y escuchas telefónicas, sus clases, los requisitos que deben contener estas medidas para ser aplicadas por los tribunales como prueba documental; recoge las experiencias legislativas y jurisprudencia internacional referidas a este tipo de intervenciones especiales bajo la tutela del órgano judicial como requisito esencial.