Fundamentos jurídicos para la implementación de la dirección de participación y control social en el gobierno autónomo departamental de La Paz
Resumen
En las Constituciones de 1967, 1994 y 2004 se muestra un sistema de gobierno restringido a la participación ciudadana en la toma de decisiones y control en la gestión pública. Consecutivamente con la Ley de Participación Popular (LPP) implementa la participación ciudadana y el control social creándose los comités de vigilancia quienes vigilan y controlan la gestión pública municipal. En el gobierno de Jorge Quiroga se crea el Mecanismo Departamental de Control Social en la Prefectura de La Paz mismo que con el pasar del tiempo languideció. Con la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional promulgada en 2009 se CONSTITUCIONALIZA el Control Social y entran en vigencia una batería de normativas como ser: la Ley Nº 004 Marcelo Quiroga Santa Cruz, Ley Nº 031 Marco de Autonomías y Descentralización "Andrés Ibáñez", Ley Nº 341 de Participación y Control Social normativa que tienen por finalidad la INSTITUCIONALIZACIÓN del control social en los diferentes niveles nacional, departamental y municipal
En este contexto y normativa citada la Dirección de Participación y Control Social en el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, implementara instrumentos y mecanismos que tendrán un carácter funcional y trasversal con una amplia participación ciudadana que facilitara la COORDINACIÓN con las organizaciones sociales en la supervisión, evaluación de planes, programas, proyectos, toma de decisiones en el diseño formulación y elaboración de políticas públicas departamentales, acceso a la información, construcción colectiva de leyes, transparentar el uso adecuado de los recursos económicos, coadyuvara en la FISCALIZACIÓN, se pronunciara sobre los informes de gestión de los órganos ejecutivo y legislativo, DENUNCIARA las irregularidades que sean identificadas en los niveles que hacen a la estructura organizativa del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz.