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dc.contributor.authorClaros Beltrán, Hernán Nataniel
dc.date.accessioned2009-10-14T15:20:40Z
dc.date.available2009-10-14T15:20:40Z
dc.date.issued2009-10-14T15:20:40Z
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/123456789/459
dc.description.abstractEste trabajo plantea la necesidad imperiosa de que exista una normativa vigente y adecuada para las contrataciones informáticas. Actualmente los contratos informáticos se llevan a cabo en el marco de la sola voluntad y consentimiento de las partes, en la que se pone de manifiesto que existen desigualdades, por un lado la del proveedor y por otra la del usuario; hay un reconocimiento tácito que entre ambos existe desigualdad en la firma de contratos informáticos, unos por que no tienen los conocimientos técnicos y los otros por que de alguna manera son profanos en determinados conocimientos técnicos y solo derivan en sus exigencias de acuerdo a su marco conceptual. Analizamos los factores que nos llevan a la elaboración de los contratos informáticos, que al ser innominados están sujetos a la voluntad de las partes, haciendo de ellas muy flexibles en su interpretación, por lo que de una manera practica ponemos a consideración que del análisis de todas las variables definidas, aplicación de métodos, interpretación de la teoría de contratos, creamos un modelo para la elaboración de los contratos informáticos. Se plantea, y hacemos hincapié, en que nace la interdependencia y la colaboración mutua de las partes contratantes, y ahí se hacen las distintas variables que intervienen en los contratos informáticos, con sus determinadas y diferentes características técnicas del objeto mismo del contrato, cosa que desarrollamos in extenso a efecto de las consideraciones de todas las variables emergentes de las necesidades actuales y de los requerimientos de los usuarios, esto esta dado en forma circunstancial a la evolución de las necesidades de los usuarios y a la oferta de los proveedores en bienes y servicios, de los cual se hace imperiosa la necesidad de hacer extensiva la normativa a efecto de anticipar las controversias referidas a los contratos. Los contratos generan obligaciones que recaen en cada una de las partes y que de estas, es decir ambas partes, una tiene que proporcionar el adecuado asesoramiento en cuanto a los bienes y servicios ofertados, por un lado, y por el otro parte la de realizar la contraprestación correspondiente en pago, proporcionar el marco conceptual y necesario de sus requerimientos y que de esta manera nace esta relación de las responsabilidades emergentes del contrato. Por ultimo se hace referencia a que el profesional informático, en el marco de su educación integral, debe de responder al marco jurídico acorde a su posición y desenvolvimientos como: “Jefe de Sistemas”, Gerente de Sistemas”, “Encargado de Centro de Computo”, “operador”, “programador”, “consultor”, “empleado”, etc, que de el nace una relación contractual y de la cual debemos de hacernos responsables de las obligaciones que estas relaciones o negocios jurídicos afectan nuestra vida cotidiana.en_US
dc.language.isoesen_US
dc.subjectCONTRATOS INFORMATICOSen_US
dc.subjectPROVEEDORen_US
dc.subjectUSUARIOen_US
dc.subjectPROFESIONAL INFORMATICOen_US
dc.subjectINVESTIGACIONen_US
dc.titleMetodología de los contratos informáticosen_US
dc.typeThesisen_US


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