“Necesidad de aplicar principios y normas laborales y penales en beneficio de los internos para la redención de la pena”
Abstract
El objeto de la presente tesis busca analizar la problemática del interno-trabajador de los recintos
penitenciarios, quienes sufren la injusticia de que sus cómputos para la redención de la pena no sean
elaborados tomando en cuenta las normas laborales respecto a las horas extraordinarias de trabajo,
debiéndose revisar, por lo tanto, el tema de la protección y aplicación de los derechos laborales en el
ámbito penitenciario de Bolivia, en la Constitución Política del Estado, la ley y los reglamentos, para ver
si se aplicaban los principios laborales y penales en beneficio de los internos para la redención de la pena a
lo largo de su evolución. En este sentido se desarrolló una investigación analítica y propositiva, de tipo
documental, en la cual se plantea la necesidad de promover lo establecido en el marco jurídico nacional
que expone el derecho que tienen los privados de libertad en cuanto al trabajo, considerando en este punto
los derechos laborales que los amparan tales como: jornada de trabajo y remuneración entre otros,
utilizando para ello los métodos de investigación descriptivo, histórico-lógico, comparativo, jurídico,
dialéctico e inductivo; utilizándose como técnicas de recolección de información la observación, encuesta
y entrevista, tomándose como muestras (trabajo de campo) los incidentes de redención de la pena,
cómputos de las jornadas de trabajo de los internos, conversaciones y declaraciones recibidas de los
funcionarios e internos del recinto Penitenciario de San Pedro de la ciudad de La Paz. Respaldando la
investigación con un conjunto de instrumentos internacionales, donde ocupan el primer lugar los Derechos
Humanos ratificados por el Congreso boliviano. Enfatizando, además, que el objetivo final de las
sanciones que se aplican a las personas que cometen un delito está encaminado a la corrección de una
conducta y a la búsqueda de su reinserción, por lo que el impulso a la actividad laboral del penado, pero
dentro de sus derechos civiles, le permite sentirse útil para si mismo, su familia y la sociedad donde vive.
Esto implica reflexionar también en cuanto a la necesidad de humanizar los procesos jurídicos, que si bien
no debe interferir con la letra y el espíritu de la ley, tampoco es menos cierto que es un aspecto que debe
considerarse en las sanciones y en el proceso de cumplimiento de las sentencias. Los recintos
penitenciarios deben pues convertirse en lugares donde se reinserte al interno por medio del trabajo
remunerado, con el goce de todos sus beneficios laborales y legales a que tenga derecho, como un
trabajador boliviano más, lo que lo ha de dignificar como ser humano, en este sentido hace necesario
también revisar y actualizar la Ley General del Trabajo a fin de incorporar el trabajo del privado de
libertad como una de sus acepciones especiales, a fin de que se refuerce la necesidad de su cumplimiento
dentro de los centros de reclusión, proponiéndose de manera paliativa una modificación a la Constitución
Política del Estado, a la Ley 2298 y a su Reglamento, toda vez que en la práctica tanto la administración
penitenciaria como los Jueces de Ejecución Penal se guían por la letra muerta de la ley penitenciaria
desconociendo la ley laboral, y resistiéndose, además, a la aplicación de los principios penales y laborales
a tiempo de realizar el cómputo de la jornada de trabajo del interno trabajador