dc.description.abstract | A lo largo de la historia constitucional de Bolivia, ha existido un reconocimiento del
principio de la soberanía popular, estableciendo en los diferentes textos constitucionales
la previsión respecto a que la soberanía reside en el pueblo boliviano. Sin perjuicio de
ello, este importante reconocimiento respecto a la titularidad de la soberanía en favor del
pueblo, se vio claramente restringido cuando inmediatamente el constituyente establecía
que el ejercicio de dicha soberanía solamente se realiza mediante sus representantes,
llegando incluso a señalar que el pueblo puede gobernar o deliberar sino a través de sus
autoridades.
Este fenómeno de reconocimiento y, a la vez, restricción del ejercicio de la soberanía
popular, el cual se advierte en todas las Constituciones bolivianas hasta el año 2009, no
es un fenómeno aislado en el caso boliviano, sino que es una constante en la gran mayoría
de los textos constitucionales latinoamericanos, toda vez que todos ellos provienen de una
influencia del constitucionalismo conservador de inicios del siglo XIX.
Ante esa situación, de clara limitación al ejercicio de la soberanía por parte del pueblo, el
Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano, a través de los textos constitucionales de
fines del siglo XX y principios del siglo XXI, aporta un entendimiento crucial para la
recuperación del verdadero sentido y alcances, determinando nuevamente de forma
inobjetable que: la soberanía reside en el pueblo, teniendo como el mejor exponente el
caso boliviano, donde el texto constitucional vigente desde el año 2009 prevé de forma
expresa en su artículo 7: “La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma
directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los
órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible”. | es_ES |