dc.description.abstract | El presente trabajo brinda un análisis histórico, teórico y normativo de la Objeción de Conciencia al Servicio Militar, revisando la normativa nacional, e internacional que forme parte del bloque de constitucionalidad, la producción doctrinal, las posiciones de los diferentes organismos de protección de derechos humanos y la regulación de este derecho en la legislación comparada. El art. 256 de la Carta Magna señala que los Tratados y Convenios Internacionales en materia de derechos humanos que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución Política del Estado se aplicaran de manera preferente sobre esta. Con esto en mente, buscamos fundamentar este derecho con la ayuda de la publicación de la ACNUDH donde se brinda orientación sobre el tema, en muchos aspectos, incluyendo recomendaciones para regular este tema, que sirve para cumplir con el compromiso del estado contraído por el Acuerdo de Solución Amistosa del primer caso, y reforzada con la exhortación en la sentencia del segundo caso. La objeción de conciencia al servicio militar, es una manifestación del derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión, que se hace presente ante la existencia en el fuero interno de una persona de una norma de carácter ético o religioso, que impide al individuo dar cumplimiento a la obligación que surge de una norma legal. Es en este sentido que, ante la ausencia de una normativa que regule el ejercicio de este derecho, se propone una normativa que proteja a aquellas personas que tengan convicciones profundas, sean estas religiosas, morales o éticas, planteándose para ello una propuesta legislativa orientada a regular en lo posible todos los aspectos de la objeción de conciencia, la creación de una instancia de conocimiento de las peticiones, los requisitos, las condiciones de prestación de un servicio social alternativo, las otras situaciones de objeción de conciencia etc. | es_ES |