El incumplimiento de las garantías constitucionales establecidas en el articulo 115 de la constitución, no permite el acceso a la tutela judicial efectiva
Abstract
La susceptibilidad y decepción es una réplica natural de la sociedad frente al actual contexto del sistema de justicia, y esto se debe esencialmente a su privación de cualidades humanas. Es expresar, el hecho de que muchos operadores de justicia ven los casos que deben resolver como simples legajos documentales, procedimientos mecánicos y protocolares dogmáticos; en lugar de contemplar y meditar en torno a su esencia intrínseca: seres humanos que reclaman sus derechos, situaciones injustas que merecen ser reparadas oportunamente y partes vulnerables que no tienen otro medio de solución que la ofrecida por los estrados judiciales.
Por tal razón actualmente nuestro país, se encuentra en una etapa de transformación, al igual que el Órgano Judicial que pretende transparentar la administración de justicia y erradicar las retardaciones con la que se tramitan las causas, aspecto que se traduce en una evidente tardanza de justicia; sin embargo, los diversos conductas sociales, políticos y jurídicos, provoca una serie de contradicciones, las cuales son producto de una sociedad con dificultades en la administración de justicia, donde además nuestras normas adjetivas no son concretas, objetivas y eficaces; mas al contrario, son ambiguas donde reluce a diario la vulneración de los principios procesales, aspecto que se constituye en uno de los factores de espera. Si bien los principios procesales como el de celeridad, economía procesal, tutela judicial efectiva, acceso a una justicia pronta, oportuna, transparente, gratuita y sin dilaciones, establecidos en la Constitución Política del Estado Plurinacional y las normas positivas actuales son directrices de nuestro ordenamiento, en realidad no se cumplen de modo efectivo y solo se han convertido en meras enunciaciones carentes de aplicabilidad, y definitivamente en una utopía. En ese contexto, se debe proyectar códigos procedimentales tendientes a la descolonización de la administración de justicia y eliminar las retardación en la tramitación de las causas sin que ello implique la vulneración de derechos fundamentales, garantías constitucionales y principios procesales; por lo que el tema en cuestión, resulta ser un problema relevante en la actualidad, ya que se hace menester implementar mecanismos jurídicos como la reparación moral oportuna por parte de los funcionarios que vulneren principios, además de que el Consejo de la Magistratura a través de una comisión debe realizar un adecuado y estricto control en cuanto al cumplimiento de los principios y plazos procesales, el cual sin duda permitirá una mayor celeridad en la tramitación de las causas.