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"Creación de la autoridad única de aguas"
dc.contributor.advisor | Fernández Salinas, María Mónica Lorena, tutor | |
dc.contributor.author | Orihuela Haydeque, Marco Antonio | |
dc.date.accessioned | 2024-07-18T16:07:10Z | |
dc.date.available | 2024-07-18T16:07:10Z | |
dc.date.issued | 2023 | |
dc.identifier.uri | http://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/36576 | |
dc.description.abstract | La falta de una instancia gubernamental de alto nivel participativa, capaz de regular, liderar, integrar, articular y coordinar acciones con las diferentes instituciones y sectores de uso del agua, limita una efectiva y eficaz implementación la Gestión Integral de los Recursos Hídricos en nuestro país, esto debido al manejo sectorial del agua y los Recursos Hídricos por parte de numerosas instituciones e instancias, provocando dispersión de normatividad, duplicidades de atribuciones, dispersión competencial en materias relevantes para la GIRH, insuficiente aplicación competencial en niveles subnacionales, capacidades insuficientes de las Plataformas Interinstitucionales para impulsar la gobernanza de la cuenca, escasa participación e involucramiento del sector privado, universidades y la sociedad civil en la cuenca, conflictos y disminución de la disponibilidad del agua en términos de cantidad y calidad, falta de información sobre la oferta y demanda de los Recursos Hídricos, en tal sentido la aplicación de la GIRH es limitada por vacíos competenciales como por ejemplo las referidas a la regulación y asignación de derechos de uso y aprovechamiento entre los diferentes usos y usuarios, relacionados a las actividades, industriales, mineras e hidrocarburiferas entre otros. Mientras se promulgue una nueva ley de Aguas o de Recursos Hídricos y para llenar los vacíos jurídicos identificados, se plantea la creación de la “AUTORIDAD ÚNICA DE AGUAS”, con atribuciones de otorgar legitimidad y legalidad a las Plataformas Interinstitucionales, de constituir y Administrar el Sistema Nacional de Información e Investigación del Agua y los R.H., de otorgar, modificar, revocar, declarar caducidad y regular la asignación derechos de uso y aprovechamiento de los R.H., entre los diferentes usos y usuarios en coordinación con la AAPS y el SENARI, dando cumplimiento a los preceptos constitucionales establecidos en los art. 373 al 377 el art. 90 inc. p) del D.S. 4857/2003, la ley 300 de la Madre Tierra y otros. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | HIDROLOGIA | es_ES |
dc.subject | RECURSOS HIDRICOS | es_ES |
dc.subject | AGUA TERRITORIO BOLIVANO | es_ES |
dc.subject | TRABAJO DIRIGIDO | es_ES |
dc.title | "Creación de la autoridad única de aguas" | es_ES |
dc.type | Thesis | es_ES |
dc.thesisdegreegrantor | Universidad Mayor de San Andrés | es_ES |
dc.thesisdegreename | Licenciatura | es_ES |