"Propuesta de necesidad de modificación al Art. 53 de la ley general de trabajo para disminuir los gastos administrativos y riesgos en el proceso de pago de sueldos en efectivo a los empleados de la Caja Nacional de Salud"
Fecha
2024Autor
Mayta Condori, Juan
Tutor
Clavel Salazar, Hernán Mario, tutor
Metadatos
Mostrar el registro completo del ítemResumen
Las Normas Jurídicas deberán estar concordadas para su correcta aplicación a medida que el Estado Plurinacional de Bolivia: Dicta, interpreta, deroga, abroga y modifican Leyes, y las entidades del Sector Público de los diferentes niveles del Estado deberán adecuar y aplicar sus normas internas, sincronizando a normativas vigentes y puedan ser administradas de acuerdo a sus competencias evitando la dificultad de interpretar y aplicar las normas correspondientes en sus unidades organizacionales.
En el presente caso de estudio se identificó el problema de los insulsos gastos administrativos, riesgos en sus operaciones financieras y operativas por el ´pago de sueldos en dinero en efectivo a los empleados de la Caja Nacional de Salud; en consecuencia, existe la dificultad de aplicar las Normas Básicas del Sistema de Tesorería del Estado, aprobado por la Resolución Suprema N° 218056 de fecha 30 de junio de 1997; esto a causa del obstáculo de la aplicación de la normativa establecido en el CAPÍTULO IV DE LAS REMUNERACIONES, específicamente en el artículo 53 de la Ley General de Trabajo, en el cual establece que el pago de sueldos y salarios deberá efectuarse en el lugar de la faena, entendiéndose el mismo en dinero en efectivo, Y a efectos de destrabar este aspecto se propone la correspondiente modificación del artículo mencionado a efectos de una correcta aplicación de las normas de menor jerarquía ante una Ley y adecuar sus normativas internas de la entidad del caso el cual permitirá operativizar sus actividades en el marco de la normativa vigente.
Palabras clave: Gastos Administrativos, Riesgos, sueldos, empleado. Aplicación de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería.