"Inclusión de la pedagogía hospitalaria en la normativa boliviana sobre la atención de niños y adolescentes quemados de las unidades educativas del sistema regular"
Abstract
Según la página oficial del Ministerio de Salud del Estado Plurinacional de Bolivia y “de acuerdo con el Sistema de Información del Registro Único de Personas con Discapacidad, del total de personas registradas 32.930 tienen un grado de discapacidad grave, 18.163 un grado moderado, 13.132 son catalogados como muy graves y 3.687 como leves.” (Bolivia, 2017). En ese sentido, los pacientes con secuelas de quemaduras no llegarían a la calificación necesaria para ser considerados discapacitados; éste tema es neurálgico para desarrollar el último eslabón de la presente investigación a través del siguiente cuestionamiento: ¿Si los pacientes niños y adolescentes secuelados no son considerados discapacitados para el Estado podrán acceder al subsistema educativo especial o alternativo? Según la experiencia e interacción con secuelados en el Centro de Rehabilitación a pacientes con secuelas de Quemaduras - “CEREQUEM”, han permitido afirmar que no es posible, ya que el total de los pacientes atendidos en dicho Centro, al no ser considerados discapacitados, asisten a una Unidad Educativa del sistema regular, por lo tanto, están subsumidos a las leyes y reglamentos del mencionado sistema que comprenden exigencias a las que los secuelados no pueden responder, por ejemplo: se tienen permisos limitados que se enmarcan particularmente según el reglamento de cada institución escolar, está por demás decir que esto se traduce en un obstáculo tanto para pacientes como para padres o tutores que se hallan en la disyuntiva de decidir entre la salud integral de sus hijos o su educación. La presente investigación ha identificado un vacío jurídico en la normativa boliviana, en lo que se refiere a pedagogía Hospitalaria, término que no es de reciente creación aplicado en los países europeos, sin embargo está en pleno desarrollo en la región sudamericana teniendo.