Mostrar el registro sencillo del ítem

dc.contributor.advisorBaldivia Calderón de la Barra, Andrés, tutor
dc.contributor.authorTapia Soto, Amparo
dc.date.accessioned2022-04-18T16:28:43Z
dc.date.available2022-04-18T16:28:43Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/27950
dc.description.abstractEl Código Civil vigente del Estado Plurinacional de Bolivia, Ley No. 1071 de fecha 18 de junio de 2018 vigente a la fecha no establece la sanción correspondiente al incumplimiento de evicción y saneamiento de parte del vendedor en los actos contractuales suscritos entre partes en el presente caso sobre bienes inmuebles. La no existencia de la normativa de cumplimiento obligatorio de la evicción y saneamiento de parte del vendedor a favor del comprador es una norma de necesidad prioritaria social misma que evitara la indefensión y los conflictos sociales, psicológicos y económicos, mismos que evitaran la saturación de demandas civiles y hasta penales por la falta de la normativa de evicción y saneamiento. Hacer legal la compra y venta sin la omisión de la evicción y saneamiento del acto contractual de compra venta, es de inmediata creación de la normativa, que deberá ser concatenada en el Código Civil del Estado Plurinacional de BOLIVIA. La presente investigación está comprendida entre los años 2009 a 2019 se circunscribe en el sustentado en la Constitución Política del Estado Plurinacional de BOLIVIA, Código Civil en su parte segunda de los contratos. El Código Civil no establece el tiempo en el cual el vendedor está obligado a cumplir con la evicción y saneamiento en la que enuncia en una cláusula la evicción y saneamiento a favor del comprador. En la actualidad el cumplimiento de la evicción y saneamiento a favor del comprador no establece el tiempo en el cual se deberá dar cumplimiento, ni mucho menos que sanción tendrá el vendedor por incumplir la evicción y saneamiento, acto de incumplimiento que conlleva a extorsionar el vendedor a su comprador si el comprador exige la falta de evicción para proceder regularizar lo adquirido de buena fe, acto de incumplimiento que no solo le restringe el derecho a gozar de lo adquirido de buena fe sino también a ser víctima de chantajes, no poder efectuar la inscripción en D.D.R.R., ser víctima de despojo por no tener saneado su derecho propietario y encontrarse con la demanda de haber sido vendida a un tercero al cual si le saneo y efectuó la evicción el vendedor produciéndose el acto ilícito de estelionato y a consecuencia de esta figura ilícita de parte del vendedor la carga procesal en estrados judiciales y Ministerio Publico produce nuevos casos que saturan la atención pronta y eficaz. Por tanto, la falta de esta normativa deja en la indefensión al comprador conminatoria y sancionadora con plazo para el cumplimiento de la evicción y saneamiento crea la indefensión, la extorción y una sociedad inconforme y víctima de los extorsionadores vendedores. Por último, el trabajo desarrollado en la presente monografía es fruto de permanentes reflexiones y no solo un compromiso de carácter académico de orden intelectual para ser elaborado, mas al contrario proviene de la observación que se efectuó a diario en las oficinas de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal El Alto, las Oficinas de Derechos Reales y los Juzgados Públicos Civil y Comercial y en las Fiscalías del Ministerio Publico de la ciudad El Alto del departamento de La Pazes_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectNORMAR CONMINATORIAMENTEes_ES
dc.subjectBAJO PENA SANCIÓNes_ES
dc.subjectSANEAMIENTOes_ES
dc.subjectVENDEDORESes_ES
dc.titleLa necesidad de normar conminatoriamente bajo pena de sanción el Acto de evicción y saneamiento por parte del vendedor"es_ES
dc.typeThesises_ES
dc.thesisdegreegrantorUniversidad Mayor de San Andréses_ES
dc.thesisdegreenameLicenciado en Derechoes_ES


Ficheros en el ítem

Thumbnail

Este ítem aparece en la(s) siguiente(s) colección(ones)

Mostrar el registro sencillo del ítem