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dc.contributor.authorLanchipa Ramirez, Roxana
dc.date.accessioned2019-11-20T14:42:33Z
dc.date.available2019-11-20T14:42:33Z
dc.date.issued2014
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/23301
dc.description.abstractPropone la modificación del artículo noventa de la ley 1970 demostrando que ante este vacio legal existe perjuicio en lo que respecta a una traba con la prosecución de los procesos penales, consecuentemente arrastrando consigo muchos perjuicios, siendo que muchos de los depósitos aduaneros se encuentran por encima de sus capacidades de almacenamiento generando además un deterioro y devaluó de dichas mercancías incautadas.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectDERECHO PENALes_ES
dc.subjectDERECHO COMPARADOes_ES
dc.subjectMODIFICACION DE LA LEYes_ES
dc.subjectCONTRABANDOes_ES
dc.subjectLEY ADUANERAes_ES
dc.titleModificación del artículo noventa de la ley 1970 con relación a la prosecución de los delitos de contrabando, cuando los imputados son declarados rebeldeses_ES
dc.typeThesises_ES


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