La necesidad de modificar el artículo 53 del decreto reglamentario del registro civil, con el propósito de ampliar el término máximo de 24 a 72 horas para concretar el registro de defunción
Abstract
Demuestra que hay necesidad de modificar el artículo 53 del decreto reglamentario del reistro civil, es fundamental, pues con la ampliación del término o plazo máximo de 24 a 72 horas pra registrar la defunción, se da la posibilidad de que los interesados concreten el registro, evitando la sobre carga procesal al sistema jurídico.