Necesidad de modificar el decreto supremo Numero 0181 en sus artículos 198 al 202 aplicable al sistema de radio emisoras de los pueblos originarios RPO`s, en referencia a sus bienes muebles recibidos en comodato
Abstract
Desde que se dio luz verde para el inicio del Sistema de Radios Originarias RPO`s se tropez cpm problemas de orden legal, en este contexto lo que más llamo la atención fue en relación a sus bienes muebles recibidos en comodato, además de la responsabilidad por la suscripción de contratos de comodato incurriendo por tal motivo en contravención de la normativa administrativa que vulnero y vulneran clausulas elementales en cuento a la disposición de los mismos tomando como base el decreto supremo 0181 vigente y el que precedió a este en su momento. La responsabilidad que hubo en su momento, dado que muchos servidores públicos subestimaron la responsabilidad esperando que esta se sumerja en la prescripción y la responsabilidad que se mantiene tomando como base a la Ley de 31 de marzo de 2010 en relación a la suscripción de dichos contratos de comodato.