dc.description.abstract | La dinámica de la economía, trae consigo la necesidad de actualizar en forma permanente a la Administración Tributaria, con el fin de permitirse ubicar sus acciones de control en aquellos segmentos de contribuyentes cuyo comportamiento tributario actual no es consecuente con la realidad económica y fiscal. Por otra parte, esta misma consideración obliga a desarrollar mecanismos que permitan visualizar sectores económicos que, por sus características particulares, juegan un papel importante en el escenario fiscal y sobre los cuales serán indispensables las acciones de control.
El Régimen Tributario Simplificado está destinado a los pequeños artesanos, comerciantes minoristas y vivanderos. El contribuyente es el sujeto pasivo respecto del cual se verifica el hecho generador de la obligación tributaria. El sujeto activo es el ente acreedor del tributo que tiene facultades determinadas en el Código Tributario.
A efectos de este régimen, son comerciantes minoristas las personas naturales que desarrollan actividades de compra venta de mercadería o prestación de servicios en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos ubicados en la vía pública. Son artesanos, las personas naturales que ejercen un arte u oficio manual trabajando por cuenta propia en sus talleres o a domicilio. Los vivanderos, son las personas naturales que expenden comidas, bebidas y alimentos en kioscos y pequeños locales.
La modificación del Régimen Tributario Simplificado (RTS) con el Decreto Supremo 3698 que amplía el monto máximo del capital, de 37.000 bolivianos a 60.000 bolivianos, y el nivel máximo de ventas pasó de 136.000 a 184.000 bolivianos, esto ayudara a formalizar a los comerciantes minoristas e incide en la cultura impositiva de este sector, ya que actualmente se encuentran registrados cerca de 91.000 contribuyentes dentro del mismo. | es_ES |