Régimen Tributario Integrado del Transporte Interprovincial (Caranavi)
Abstract
La presente monografía, se plantea a partir de la necesidad que los sindicatos
de transporte publico interprovincial hacia el municipio de Caranavi que debe estar
sujeta al pago trimestral de sus impuestos donde tienden a tener mayores beneficios
en el Régimen Tributario Integrado donde pueden establecer compras adquisiciones o
importaciones, contratos de obras o servicios y toda presentación o insumo de
cualquier naturaleza que consideran vinculados con la actividad de transporte
interdepartamental e internacional (interprovincial) de pasajeros y cargas para ser
computadas como crédito fiscal en la determinación de impuestos al valor agregado
tomando en cuenta que actúan como persona natural a diferencia del régimen general.
Resultado del análisis del presente trabajo, a través de métodos,
procedimientos y técnicas para la recolección de datos, de impuestos donde se
menciona en el siguiente:
Que los sujetos pasivos de este sistema deben inscribirse en el Registro
Nacional Único de Contribuyentes en la forma y plazos que establezca la Dirección
General de la Renta Interna, señalada:
Tipo de vehículo
Servicio de transporte que realizan, podrá ser; Urbano, interprovincial,
interdepartamental y internacional.
Distrito en el que se encuentran registrados.
Los transportistas tienen un plazo para el pago de sus impuestos, El pago
integrado de los impuestos correspondiente a la gestión del año calendario, se
efectuará en seis cuotas bimestrales iguales y consecutivas que vencerán hasta el día
22 de los meses de marzo, mayo, julio, septiembre, noviembre y enero, este último el
año siguiente, para hacer que los contribuyentes cumplan con sus impuestos al valor
agregado de manera oportuna.