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dc.contributor.authorGomez Ugarte, Guadalupe Reyna
dc.date.accessioned2019-04-01T16:00:06Z
dc.date.available2019-04-01T16:00:06Z
dc.date.issued2018
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/19507
dc.description.abstractEn diciembre de 2015, en la ciudad de Sucre, la Confederación de Microempresarios y Contribuyentes al Estado, lanza lo que denominaron la “Primera Cumbre Nacional Tributaria”, con el objetivo de proponer un nuevo Código Tributario y que estaría “ahorcando” a los contribuyentes. Es más, Martha Gómez, dirigente de este sector en reiteradas veces denunció a los medios de comunicación que se vive una especie de terrorismo tributario por las altas sanciones que aplicaba la Administración Tributaria. Ese mismo año, otro sector de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban) denunció que este sector tiene una exagerada carga impositiva respecto a otros sectores económicos porque se plantea a través de una ley una nueva alícuota adicional al Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas. A este escenario, se suman las protestas de los gremiales que exigen la actualización de valores del Régimen Simplificado, la solución a multas millonarias aplicadas a su sector por parte del Servicio de Impuestos Nacionales y un nuevo Código Tributario que esté acorde a la realidad nacional. La Asociación de Importadores rechaza las clausuras de negocios realizadas por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), en diciembre de 2015. Por tanto, surge la necesidad de analizar los efectos de la reducción de las sanciones por incumplimiento al envío de Libros de Compras y Ventas (LCV) por el periodo comprendido entre 2015 al 2017. Entonces existía un escenario negativo contra las acciones que aplicaba la Administración Tributaria sobre todo aquellas que implicaban una sanción, calificada como “injusta”. Entonces existía un contexto político, económico y social, totalmente negativo para Impuestos Nacionales, empero la gota que rebalsó el vaso fue las alusiones que hicieron las primeras autoridades del país; el Presidente y Vicepresidente del Estado, respectivamente. En febrero de 2016, en una entrevista en el canal PAT, García Linera señaló1: "Sin embargo es posible que algunos funcionarios lo que hacen es intentar cumplir (la) meta que se establecen mensualmente de una u otra manera, a la mala o la bueno, y ahí se están cometiendo irregularidades". "Creo que hay una lectura algo abusiva de la propia ley, lo que queremos es que se cumple la ley, la ley tampoco es así para negociarla en función de cálculos, hay que cumplirla", dijo Evo Morales. Ante esta situación adversa la Administración Tributaria decide simplificar y facilitar distintos trámites a través de su plataforma virtual y niega que exista un éxodo tributario. Adicionalmente, el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) emite dos Resoluciones Normativa de Directorio (RDN) que reducen las sanciones en beneficio de los contribuyentes. Provocando un efecto positivo reduciendo las constantes protestas de varios sectores sobre todo de los contribuyentes aportantes del Régimen General, que están alcanzados entre otros deberes formales por el envío de Libros de Compras y Ventas (LCV).es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.publisherUniversidad Mayor De San Andrés. Facultad de Ciencias Económicas. Carrera de Contaduría Publica. Instituto de Investigaciones en Ciencias Contables, Financieras y Auditoría. Unidad de Postgradoes_ES
dc.subjectSANCIONESes_ES
dc.subjectLIBROS DE COMPRAS Y VENTASes_ES
dc.subject2015 AL 2017es_ES
dc.titleAnálisis De La Reducción De Las Sanciones Por El Incumplimiento Al Envío De Libros De Compras Y Ventas (Lcv) Por El Periodo Comprendido Entre El 2015 Al 2017es_ES
dc.typeThesises_ES


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