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dc.contributor.authorVillarroel Luna, Mauricio Abraham
dc.date.accessioned2018-06-12T15:48:01Z
dc.date.available2018-06-12T15:48:01Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://repositorio.umsa.bo/xmlui/handle/123456789/16526
dc.description.abstractEl avasallamiento de tierras es nuestro mayor problema, es el tema macro que llamamos inseguridad jurídica. El antónimo de esto es la seguridad jurídica y la soberanía alimentaria, que pese a existir la Ley contra el avasallamiento y tráfico de en este tipo de ilícitos; que no solo son de tipo penal si no su resolución está asignada a la jurisdicción agroambiental. Como refería, es bien cierto que existen familias y sectores en busca de tierras para lograr una subsistencia y garantizar sobre todo la alimentación y demás necesidades fundamentales, si no que ahora y desde los antecedentes más remotos y actuales la tierra se convirtió en la fuente de acceso a la economía y que siempre fue detentada por las clases más privilegiadas; y en la actualidad es buscada para su explotación de productos agrícolas y el tráfico de tierras por organizaciones criminales para este fin ilícito de alquilarlas o venderlas (Loteamientos). Ahora con las nuevas políticas que establece la actual constitución Política del Estado estas tierras son distribuidas de forma equitativa para las clases más vulneradas, para garantizar al producción y soberanía alimentaria, y sobre todo para luchar contra la pobreza rural que se encuentra asentada en las comunidades y migraciones en busca de mejores oportunidades para su desarrollo económico. De ahí surge la problemática del avasallamiento y tráfico de tierras, donde los productores son afectados dentro de su propiedad agrícola, mediante el saqueo la irrupción de la propiedad privada agraria, perdida de producción por los destrozos causados, destrucción de insumos de crianza ganadera, etc. Con este fin la Ley Contra el avasallamiento y Trafico de tierras, determina sanciones inclusive de tipo penal y de resarcimiento de daños y costas al estado en este tipo de procesos, sin embargo la jurisdicción agroambiental, recién nacida y establecida dentro de la jurisdicción ordinaria, tiene la necesidad de contar con un órgano de investigación expertos en la materia agroambiental, tal cual se exige para los cargos de las autoridades de la jurisdicción agroambiental. Donde los casos no avanzan dentro de la materia penal para su sanción y aplicación efectiva, pese a que la norma así lo establece, identificando la ausencia de una instancia investigativa, como ser un Fiscal Especializado en Materia Agroambiental, que se haga cardo de las investigaciones y coadyuve en la resolución de este tipo de casos dentro de la jurisdicción agroambiental, y a su vez este pueda remitirlo y garantizar el procesamiento de las denuncias correspondientes no solo ante la jurisdicción agroambiental, si no ante la acción penal respectiva, tal cual plantea el presente estudio, como solución a la problemática planteada.es_ES
dc.language.isoeses_ES
dc.subjectJurisdicción agroambientales_ES
dc.subjectDerecho procesal orgánicoes_ES
dc.subjectTrafico de tierrases_ES
dc.titlePropuesta jurídica para implementa la fiscalia en materia agroambiental en el marco de la Ley 477es_ES
dc.typeThesises_ES


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