dc.description.abstract | La propuesta de investigación está muy enfocado a otorgar el respeto y dignidad de las personas de tercera edad ya que se detectó factores muy importantes que afectan tanto a la calidad de vida de las personas y en este caso los derechos de las personas de la tercera edad la cual se encuentra muy vulnerable y latente por la falta de conocimiento de los derechos que gozan este sector de personas, presión hacia los funcionarios encargados de atender a las personas de tercera edad
Es por cuanto se determinó en enfocar este estudio para poder dar una mejor perspectiva de cómo se encuentran estas personas en cuanto a sus necesidades y derechos financieros que gozan las personas de tercera edad; por lo mismo se enfocara a determinar cómo cuanto y con qué preferencia son atendidas las demandas de derechos financieros que las personas de la tercera edad requieren desde los pagos desde simple pago de servicios, cobros de renta de vejes y dignidad y otros servicios que estas personas puedan acudir a una entidad financiera
Para otorgar un respeto para las personas de la tercera edad y además de dar un enfoque de la vida el cómo se debe ver la vejez como forma cálida y poder dar cumplimiento a lo que nos da a conocer el ASFI y órganos reguladores como se da a conocer:
El ASFI1 obliga a las entidades financieras a contar con personal de atención en cajas que mínimamente cumpla con las siguientes condiciones2:
1. Que brinde un trato respetuoso.
2. Que preste atención oportuna y diligente.
3. Que pueda proporcionar una adecuada información sobre la atención en cajas y orientar al cliente y/o usuario sobre a qué departamento de la entidad supervisada debe dirigirse, en caso que su requerimiento no pueda ser atendido en cajas.
4. Que éste capacitado para brindar un trato adecuado a las personas con discapacidad.
Pero cuanto se puede encontrar deficiencias dentro de la atención en cuanto determina el ASFI así que estas condiciones están en contra a las disposiciones.
La constitución política dispone como: Derechos de las personas adultas mayores
I. Además de los derechos reconocidos en esta Constitución, todas las personas adultas mayores tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana.
II. El Estado proveerá una renta vitalicia de vejez, en el marco del sistema de seguridad social integral, de acuerdo con la ley.
I. El Estado adoptará políticas públicas para la protección, atención, recreación, descanso y ocupación social de las personas adultas mayores, de acuerdo con sus capacidades y posibilidades.
II. Se prohíbe y sanciona toda forma de maltrato, abandono, violencia y discriminación a las personas adultas mayores.
Los Beneméritos de la Patria merecerán gratitud y respeto de las instituciones públicas, privadas y de la población en general, serán considerados héroes y defensores de Bolivia y recibirán del Estado una pensión vitalicia, de acuerdo con la ley.
Además de cómo se encuentran reguladas estas entidades además de cómo están previstos la atención de los derechos de estas personas en cuanto a la Ley General de las Personas Adultas Mayores3, Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación4 y contrastado a la Ley de Servicios Financieros5, la Constitución Política del Estado6y otros que favorezcan y fortalezcan los derechos y dignidad de las personas de tercera edad para un vivir bien y obtener una vejes mejor. | es_ES |